IVA superreducido: cómo tirar por el desagüe casi 100 millones € en un mes
Hoy se ha confirmado lo que todos sospechábamos. El IVA superreducido que puso en marcha Zapatero a mediados de agosto no ha servido para lo que se nos vendió: animar el mercado residencial. O tal vez sí, pero tan poco que es inapreciable -incapaz de contrarrestar el desplome de la segunda mano- y por supuesto injustificable desde el punto de vista económico.
En primer lugar, advertir que los datos de noviembre que facilita el INE se corresponden mayormente con septiembre, los de octubre con agosto, y así sucesivamente (la razón, ya comentada en otras ocasiones, es que la fuente es el Colegio de Registradores, que acumula un decalaje de unos dos meses). Por eso es por lo que, por fin, podemos valorar convenientemente el efecto real de una medida que se adoptó en pleno ferragosto.
Lógicamente tomaremos sólo las ventas de vivienda nueva, pues son las afectadas por el IVA (la segunda mano tributa por ITP):
- Ventas vivienda nueva noviembre de 2010: 15.509
- Ventas vivienda nueva octubre de 2010: 13.360
- Diferencia: 2.149
- Ventas vivienda nueva noviembre de 2011: 13.844
- Ventas vivienda nueva octubre de 2011: 11.050
- Diferencia: 2.794
Por tanto, el aumento de ventas en 2010 fue, en términos porcentuales, del 16,1%; mientras que el de 2011 ha supuesto un 25,3%.
Por tanto, el cambio del tipo del IVA puede apuntarse una mejora de más de nueve puntos . O, para ser más justos, un aumento del 57% en términos relativos. Que podemos cuantificar: 1.015 viviendas (si las ventas en 2011 hubieran aumentado lo mismo que en 2010, habrían alcanzado las 12.829 unidades).
O sea, que para generar los ingresos de un 4% de IVA de la venta de 1.015 viviendas hemos perdido los ingresos de un 4% de IVA de la venta de 12.829.
A 200.000 € de media como precio de venta, hemos dejado de ingresar 8.000 euros por 12.829 (102,6 millones de euros) para obtener (8.000*1.015) 8,1 millones. Una pérdida injustificada de 94,5 millones de euros.
Como ya expuse en un post publicado apenas dos días después de ser anunciada, la medida no se sostenía argumentalmente: Por un lado, rompía con la política y las declaraciones que, sobre vivienda, venían sosteniendo los diferentes responsables socialistas –con la consiguiente merma de credibilidad en pleno periodo preelectoral-. Por otro lado, iba a suponer una caída en la recaudación que, por este concepto, ingresaba el Estado (sólo para recaudar el mismo IVA las ventas tendrían que haberse duplicado) en un momento en que nuestra maltrecha economía no se lo podía permitir.
¿Quién se beneficiaba, por tanto, de la medida? Otra vez la banca. En efecto, el Gobierno liberaba a la banca de pagar una buena parte de los impuestos que cada adjudicación de vivienda le suponía. Impuestos que, por otra parte, en muchos casos no llegaban a la Hacienda Pública, con lo que la merma para las arcas del Estado podía considerarse, en alguna medida, despreciable en términos de cash flow (que no contablemente, claro). Veámoslo con un ejemplo:
Una promotora acuerda con un banco acreedor la venta/adjudicación de un paquete de suelos. El precio, la deuda pendiente por esos activos que, para facilitar el ejemplo, asumiremos que son 100 millones de euros. Por tanto, el banco paga esos 100 millones (realmente no los paga, simplemente cancela la deuda pendiente por esa misma cantidad) y además 8 millones en concepto de IVA. El IVA quedaba ingresado en la cuenta de la promotora, que es la obligada tributaria de ingresarlo a Hacienda. Cosa que normalmente no hacía. ¿Por qué? Dados sus terribles problemas de tesorería, las promotoras normalmente han preferido no cumplir sus obligaciones con el fisco para en su lugar atender otros pagos considerados más urgentes, principalmente salarios y pagos a abogados y a la administración concursal en el caso de estar incursas en este proceso.
¿Y reduciendo el IVA a la mitad qué pasa? Que el banco sólo paga 4 millones y el Fisco se queda como estaba (en términos de caja). Pero además hay otra ventaja añadida: dado que el banco apenas puede repercutir el IVA soportado, elimina de un plumazo una buena cantidad de IVA que se veía obligado a considerar gasto, mejorando notablemente su cuenta de resultados.
(Hay otros beneficios y beneficiados, pero por no repetirme os emplazo al post ya mencionado y a sus interesantes comentarios.)
Como todos sabemos, el nuevo Gobierno popular ha decidido mantener el IVA superreducido. Ya tendremos ocasión de comentar la oportunidad –o mejor dicho, inoportunidad- de esta prórroga cuando analicemos la famosa deducción por vivienda en un próximo post.
Al banco el IVA soportado le es indiferente (al 4, al 8 o al 18%), porque haciendo declaración mensual recupera ese IVA en cuestión de semanas. Cuando el IVA hace daño en términos de caja es cuando, haciendo declaración trimestral, sólo recuperas lo que te salga a devolver en mayo-junio del año siguiente, y eso si no te metes en una inspección por solicitar una gran devolución.