Las declaraciones -no vinculantes por cierto- de la abogada general del Tribunal de Justicia Europeo, Juliane Kokott, acerca de los desahucios han sido tratadas, a mi entender, con nulo rigor en los medios de comunicación españoles. Difundir la noticia con titulares como “El Tribunal Europeo ve ilegal el desahucio” hacen un flaco favor a la verdad y a la serenidad en un momento en que las cosas ya están demasiado calientes por sí solas.
Que los jueces deben disponer de la posibilidad de suspender (de forma provisional) un proceso ejecutivo para comprobar si en el contrato hay cláusulas abusivas. El objetivo de la suspensión provisional es evitar un perjuicio irreversible al consumidor.
Es decir, no se pronuncia sobre el fondo de la cuestión, esto es, la Ley Hipotecaria, sino tan sólo sobre una cuestión procedimental. El procedimiento ejecutivo en España, tal y como está concebido actualmente, no puede ser suspendido en mitad de su desarrollo. A Kokott le parece que esto no está bien, pues –y aunque reconoce que sobre esto no hay armonización europea- entiende que las leyes nacionales no pueden ser contrarias a los derechos que la ley comunitaria otorga a los consumidores.
¿Quiere esto decir que en España el afectado no está protegido y no puede, por tanto, cuestionar en sede judicial si su hipoteca contiene cláusulas abusivas? No. El afectado puede hacerlo con la legislación actual, antes de que se inicie el proceso de ejecución de la vivienda, o después de que se haya producido. ¿Y por qué? Porque restaría eficacia y seguridad al sistema hipotecario.
Preguntado a un abogado, me contesta lo siguiente:
“Permitir parar las ejecuciones hipotecarias por posibles y presuntas cláusulas abusivas me parece excesivamente garantista.”
“Si la cláusula abusiva está ahí desde que se firmó la hipoteca, ¿por qué permitir parar la ejecución cuando no se paga? Es muy oportunista plantear que la cláusula es abusiva cuando no has pagado y te ejecutan. ¿Por qué no lo hiciste antes?”
“La cuestión es que los mecanismos de protección están ahí, para su uso antes o después de la ejecución, pero no durante. Hay que reducir los supuestos que permiten paralizar una ejecución o tendremos aún menos crédito hipotecario y más caro.”
Por tanto, el bien que se pretende proteger –que la hipoteca esté libre de cláusulas abusivas- cuenta con los mecanismos oportunos, pero no en fase de ejecución.
Podrá discutirse si es o no excesivamente garantista lo que proponen en Europa, pero de lo que no cabe duda es de que en ningún sitio Kokott ha dicho que “desahuciar es ilegal”.