La reforma laboral de Yolanda Díaz va a obligar a las empresas españolas a modificar millones de contratos. A pesar de que era un objetivo que se marcó desde su llegada al Gobierno, finalmente, la ministra de Trabajo no ha derogado la reforma laboral de 2012, aunque su nueva norma establece más rigideces en el mercado laboral, otorga más poder a los sindicatos y obligará a las empresas a pasar por una nueva yincana de trámites burocráticos.
Uno de los principales cambios del texto de Yolanda Díaz es poner coto a la temporalidad y para ello va a castigar esta modalidad de contratos con subidas de impuestos y limitaciones. Por ejemplo, los contratos temporales por menos de un mes ya han sufrido una importante penalización en forma de cotizaciones a la Seguridad Social de 26 euros extra con cada baja.
Además, a partir de ahora, sólo se podrán llevar a cabo dos tipos de contratos temporales que serán más cortos y deberán especificar "con precisión" su "causa habilitante, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista". Son los siguientes:
- Circunstancias de la producción: se entienden como el "aumento ocasional e imprevisible o aquellas oscilaciones que generan un desajuste temporal de empleo en la empresa". Este tipo de contrato no podrá durar más de seis meses, ampliables hasta otros seis meses más.
- Ocasionales: estos contratos están dentro de los anteriores -los de "circunstancias de la producción"- y también contemplan "contratos para situaciones ocasionales, previsibles y de duración reducida y delimitada", por ejemplo, una campaña de rebajas o Navidad. Podrán utilizarse durante un total de 90 días, nunca de manera continuada, durante los cuales se permitirá la contratación para estas situaciones, "debidamente identificadas en el contrato".
- Sustituciones: esta modalidad sirve, por ejemplo, para sustituir temporalmente a empleados por baja por enfermedad o paternidad.
También "desaparece el contrato por obra o servicio", un objetivo que Yolanda Díaz llevaba meses persiguiendo y que los sectores afectados habían criticado duramente, como ya publicó este periódico.
Díaz pretende que buena parte de la contratación temporal -eventual, obra y servicio, interinos...- pase a la modalidad de fijo-discontinuo, lo que dispararía las indemnizaciones desde los 12 días por año trabajado de los contratos temporales estándar a un mínimo de 20 días. ¿Cuántos contratos mudarán a fijos-discontinuos? Es una incógnita, pero la definición de Trabajo es que sean todos los "trabajos de naturaleza estacional o actividades productivas de temporada, así como aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados".
Yincana burocrática y empresas "aterradas"
Desde su entrada en vigor el 31 de diciembre, las compañías del país con más paro de la Unión Europea (14,1% frente a la media del 7,2% de la UE) tendrán 3 meses para adaptarse a los nuevos contratos, un periodo de "vacatio" que resulta insuficiente para muchas empresas, sobre todo, las que tienen menos recursos administrativos.
A pesar de que los contratos temporales firmados con anterioridad al 31 de diciembre mantendrán su vigencia y que hasta el 31 de marzo de 2022 se podrán seguir realizando contratos temporales antiguos, el castigo a la temporalidad de Yolanda Díaz ya ha empezado.
Por ejemplo, las nuevas sanciones de la Inspección de hasta 10.000 euros por "contrato temporal indebidamente formalizado" ya están en vigor. Lo más destacado es que se aplicarán por cada uno de los trabajadores de la empresa y no por cada inspección, lo que multiplica considerablemente su cuantía de las multas. "Aunque se mantengan los contratos temporales hasta su fecha de disolución, las empresas están aterradas por las multas que les puedan llegar si no modifican los contratos antes o si el Gobierno considera que no están debidamente justificados", señalan fuentes patronales.
"Un sobrecoste brutal y muchas dudas"
Otra de las penalizaciones que ya está en marcha es la subida de cotizaciones de 26 euros a los contratos temporales de menos de 30 días. "Es lo primero que nos empezaron a preguntar las empresas a 31 de diciembre; que cuánto tenían que pagar de más ahora porque ese golpe a la cotización ya está en vigor", cuenta a Libre Mercado, Javier Blasco, director del Adecco Group Institute, una de las principales ETT de España.
Blasco avisa de que la reforma laboral de Díaz está generando "un sobrecoste brutal, muchas dudas y una gran inseguridad jurídica" entre las empresas que recurren a la contratación temporal. "A las empresas automovilísticas o a la industria química se le grava el contrato temporal de manera indiscriminada cuando no son sectores que abusen de estas modalidades", añade.
Blasco denuncia que "el texto tiene muchos términos ambiguos y no explica correctamente, por ejemplo, cómo hay que liquidar a los fijos discontinuos o cómo se justifica correctamente la contratación temporal con esa vinculación que antes no existía". Para el experto, una de las "preguntas del millón" es cuándo utilizar el contrato fijo-discontinuo, que no deja de ser un contrato indefinido. "le están creando un pasivo a la empresa que no sabe cómo provisionar en su cuenta de resultados porque está contratando a un trabajador que no sabe cuánto le va a costar ¿Qué hago si luego no tengo trabajo para ellos? nos preguntan constantemente", señala.
El experto alerta de que esta incertidumbre laboral desembocará en "una mayor conflictividad judicial porque, al final, será la interpretación de un juez el que determine si la empresas está haciendo bien las cosas o no". Además, supone "un desincentivo a la inversión, porque si hay un país que pone trabas a una empresa que quiere fabricar, por ejemplo, un modelo de coche y no sabe ni lo que va a tardar o cuántos trabajadores necesita este tipo de medidas no hace más que espantarlas", concluye.