Enésimo golpe al propietario. La Ley Estatal de Vivienda que PSOE y Podemos aprobaron el pasado 26 de octubre trae oculta una desagradable sorpresa para los caseros particulares. Aunque todo apunta a que va a afectar a todos y cada uno de los propietarios de España que declaran religiosamente a Hacienda sus arrendamientos, la medida ha pasado desapercibida entre las 47 páginas del anteproyecto al que ha tenido acceso Libre Mercado.
Se trata de lo relativo la reducción en el IRPF del 60% en los ingresos que obtiene cada propietario en el periodo impositivo correspondiente y que se declaran cada año como rendimientos de capital inmobiliario. Para poder aplicarse esta reducción, el único requisito es que el piso alquilado sea la vivienda habitual del inquilino. Si el alquiler es vacacional o para oficinas, no es posible acogerse a ella.
Por la puerta de atrás
Pues bien, el Gobierno ha rebajado por sorpresa —y por la puerta de atrás— esa reducción al 50% independientemente de que las viviendas estén en las llamadas "zonas tensionadas" o no. Es decir, para todos. Así lo contempla la "Disposición final segunda: incentivos fiscales aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda" del anteproyecto.
Este apartado aglutina las bonificaciones fiscales que el Gobierno otorgará a los propietarios que tengan una casa en una "zona tensionada" y bajen precios. Por ejemplo, se establece una bonificación en el IRPF del particular hasta del 90% si el dueño de la vivienda decide bajar la renta de su inquilino un 5% con respecto al anterior contrato. Para los caseros que alquilen por primera vez un piso en una zona tensionada a personas de entre 18 y 35 años, la bonificación será del 70%.
También se podrá aplicar ese 70% a quienes destinen la casa a alquiler social en un precio inferior a los programas públicos para personas en vulnerabilidad. Los propietarios que congelen los precios pero hayan acometido obras de rehabilitación podrán aplicarse una bonificación del 60% y... "en los supuestos de arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda, el rendimiento neto positivo calculado con arreglo a lo dispuesto en el apartado anterior se reducirá en un 50%, en cualquier otro caso".
El presidente de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), José Ramón Zurdo, denuncia "el auténtico hachazo fiscal al pequeño arrendador, que perdería un 10% en la reducción de renta sobre la actual reducción general del 60% sea esta zona tensionada o no". Con esta perdida de beneficios fiscales, "los pequeños arrendadores vuelven otra vez a ser perjudicados porque son la gran mayoría, y las excepciones que prevé el anteproyecto para aumentar el porcentaje de reducción no son fáciles de cumplir".
Según explica Zurdo a este periódico, además los propietarios particulares no podrían gozar de los 18 meses de moratoria después de la aprobación de la ley. Este recorte a la reducción del Impuesto sobre la Renta "entraría en vigor cuando entre en vigor la ley, que se prevé que sea para mediados del año que viene", señala.
No todo está en manos de CCAA y ayuntamientos
La parte más infructuosa y débil de la normativa gubernamental es que deja en manos de CCAA y ayuntamientos la potestad para aplicarla, lo que limita considerablemente su alcance, pero en el caso de la reducción del IRPF daría igual lo que quisiera hacer cada región "porque no se especifica si es zona tensionada o no".
Así, aunque las partes más lesivas del texto para la libertad de mercado, como la limitación de los precios de los alquileres o el sablazo en el IBI a las "viviendas vacías", dependen de CCAA y ayuntamientos vemos que hay puntos que se escapan a su competencia.
También hay que tener en cuenta que será necesario que un político declare una "zona tensionada" para que el propietario se pueda aplicar las nuevas bonificaciones.