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¿En qué supuestos el Estado puede quedarse con el dinero de tu cuenta bancaria?

Este dinero, a pesar de caer en manos estatales, no puede ser utilizado para los fines que el Estado quiera.

Este dinero, a pesar de caer en manos estatales, no puede ser utilizado para los fines que el Estado quiera.
Sucursal de La Caixa | Alamy

La Ley 33/2003 del Patrimonio del Estado permite a la Administración apropiarse de cuentas bancarias y depósitos en caso de herencias no reclamadas o inactividad. De hecho, cuando no se haya realizado ninguna gestión en un plazo de 20 años en una cuenta bancarias pueden caer en manos del Estado. Esto se da siempre y cuando se acredite un estado de abandono o no se conozca al dueño de la misma, que puede haber fallecido sin herederos. Algo más habitual de lo que puede parecer y que no solo afecta a las cuentas bancarias, sino también a los bienes inmuebles, que pasan a ser de titularidad estatal cuando se produce este periodo de inactividad.

Es decir, una vez que pasen dos décadas sin que se registre actividad en una cuenta y se desconozca al titular o esté fallecido, ese dinero pasa a manos del Estado, ya que, según la ley, se entiende que es un bien sin dueño conocido. Algo que no es algo nuevo, ya que antes de esta ley del 2003 también existía en otras legislaciones.

Eso sí, este dinero, a pesar de caer en manos estatales, no puede ser utilizado para los fines que el Estado quiera. Según la normativa, esas cantidades deben destinarse a mejorar la educación de las personas con discapacidad. Es decir, se les dotaría de un fin social.

A pesar de todo, el proceso en sí no es sencillo. Primero se tienen que cumplir esos 20 años sin actividad y comprobar todos los movimientos de esa cuenta bancaria. Posteriormente, el banco debe informar al titular del depósito o libreta de que debe realizar un movimiento, ya sea ingreso o retiro de fondos, en un plazo de tres meses. Si el titular no da ninguna respuesta, entonces pasa a ser de titularidad estatal. Finalmente, se notificaría a los herederos o titulares que esos fondos han pasado a ser del Estado.

Sin embargo, para llegar a darse este proceso, el saldo de la cuenta tiene que ser superior a los costes de comunicación que debe realizar el banco. Es decir, aquellas cuentas que se han dejado de utilizar y que tenían saldos muy bajos, pasarían a ser de titularidad estatal y eliminadas directamente una vez que transcurren esos 20 años.

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