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El Gobierno lanza su anteproyecto de reforma de la Ley Concursal

La reestructuración, la exoneración de deudas o el procedimiento de insolvencia para microempresas son algunos de sus puntos más relevantes.

La reestructuración, la exoneración de deudas o el procedimiento de insolvencia para microempresas son algunos de sus puntos más relevantes.
Pretende facilitar la reestructuración de empresas viables y mejorar los procedimientos de insolvencia. | Europa Press

El Gobierno, a través del Ministerio de Justicia y el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, ha sacado a trámite de audiencia pública el anteproyecto de la reforma de la Ley Concursal, con el que se pretende facilitar la reestructuración de empresas viables y mejorar los procedimientos de insolvencia.

El proyecto normativo incluye la transposición de la directiva europea de reestructuración e insolvencia e introduce otras reformas en el ámbito concursal. Esta modificación constituye una de las reformas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y va dirigido a garantizar que las empresas y empresarios viables que se hallen en dificultades financieras tengan acceso a un procedimiento efectivo de reestructuración preventiva que les permita continuar su actividad.

Así, los planes de reestructuración sustituyen a los actuales acuerdos de refinanciación y son uno de los elementos centrales de la directiva de insolvencia y de la reforma de la Ley Concursal para facilitar que las empresas deudoras viables dispongan de un instrumento eficaz para evitar la insolvencia o salir de ella.

Se trata de un instrumento preconcursal, dirigido a empresas con dificultades financieras, que favorece una reestructuración en un estadio más temprano que el de los actuales instrumentos, cuando se detecten indicios de probabilidad de insolvencia, frente a la actual exigencia de que ésta sea inminente.

También se reforma en profundidad el procedimiento de segunda oportunidad, dirigido a personas físicas y autónomos en concurso, con el objetivo de incentivar a los beneficiarios a continuar con su actividad laboral o empresarial y posibilitando una segunda oportunidad realmente efectiva.

El anteproyecto de Ley introduce medidas adicionales a las previstas en la directiva de insolvencia, entre las que destaca la posibilidad de exoneración sin liquidación previa del patrimonio del deudor y con un plan de pagos a los acreedores, permitiendo al deudor, bajo ciertas condiciones, mantener su vivienda habitual y, si fuera autónomo, continuar con su actividad.

El plan de pagos tendrá una duración máxima de tres años, que se ampliará a cinco años cuando no se enajene la vivienda habitual del deudor. Asimismo, se amplía la relación de deudas exonerables y se eliminan o se relajan ciertas restricciones para poder acceder a las exoneraciones.

En definitiva, el anteproyecto pretende que los empresarios personas físicas insolventes puedan disfrutar de la exoneración de sus deudas, después de un periodo de tiempo "razonable", favoreciendo la segunda oportunidad y que se mejore la eficiencia del procedimiento concursal con el fin de reducir su duración.

Nuevo procedimiento para microempresas

Asimismo, se presta especial atención a las microempresas, por las que se contempla un nuevo procedimiento de insolvencia único y específicamente adaptado a sus necesidades y características. Este procedimiento para autónomos y microempresas de menos de 10 trabajadores, más rápido, digitalizado y con un coste muy reducido incrementa la posibilidad de continuidad de las empresas viables y facilita la reasignación de recursos.

Este procedimiento se caracteriza por la simplificación del proceso concursal, su carácter modular y ofrece dos itinerarios posibles. Tras un período de negociación con los acreedores de un máximo de tres meses debe optarse: por un plan de continuación rápido y flexible si hay posibilidad de un acuerdo o, en su defecto, por una liquidación ordenada, pero rápida, a través de una plataforma online. Este procedimiento únicamente debe utilizarse para liquidar empresas que son insolventes.

Más allá de la reforma

La acción del Gobierno no ha sido la única ni la más decidida en la lucha contra la insolvencia y la reestructuración o refinanciación de las empresas. Ante una situación de dificultad para una empresa, en la que no tiene por qué recurrir necesariamente al concurso, existen diversas opciones a las que ahora se suma el Gobierno que facilitan la financiación y la viabilidad o, en su caso, la disolución de los negocios.

En este sentido, servicios especializados como los de Actúa Concursal resultan fundamentales a la hora de prestar ayuda efectiva a las empresas en su reestructuración mediante financiación o, si no fuese suficientemente viable, de proceder a su cierre de la forma más rápida y segura posible.

Con sus servicios de acuerdo extrajudicial de pago, acuerdo de refinanciación preconcurso de acreedores, concurso de acreedores o fase de liquidación, Actúa Concursal dispone de un equipo de abogados y economistas expertos capaces de adaptarse a cualquier situación de solvencia y viabilidad de todo tipo de negocio, garantizando protección para el patrimonio de las empresas.

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