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Las claves y las incógnitas del "impuesto mundial" a las empresas que ha aprobado el G-7

El acuerdo cerrado en Londres golpea especialmente a las empresas tecnológicas si, como es previsible, el G20 y la OCDE sacan adelante la reforma.

El acuerdo cerrado en Londres golpea especialmente a las empresas tecnológicas si, como es previsible, el G20 y la OCDE sacan adelante la reforma.
Reunión del G7 | Europa Press

El G-7, conformado por Alemania, Canadá, Estados Unidos, Francia, Italia, Japón y Reino Unido, llegó el pasado sábado a un acuerdo sin precedentes para instaurar un "impuesto mínimo universal" de Sociedades que afectará a las grandes corporaciones, imponiéndoles una tasa de referencia del 15%. Así lo confirmó el ministro de Finanzas británico, Rishi Sunak, encargado de coordinar la cumbre del G-7 por celebrarse en Londres.

La Secretaría del Tesoro de Estados Unidos ha emitido un comunicado en el que se felicita por el nuevo marco pactado entre los países del G-7. "Esta tasa mínima global pone fin a la carrera a la baja del Impuesto de Sociedades y garantiza que habrá justicia para la clase media y los trabajadores de Estados Unidos y de todo el mundo", apuntan desde la Administración Biden.

Aunque el G-7 no tiene un papel formal a la hora de llevar a la práctica esta nueva fiscalidad, el hecho de que sus miembros se hayan puesto de acuerdo invita a pensar que el G-20 y la OCDE podrán sacar adelante la reforma en los próximos meses. En Europa, por ejemplo, las reacciones no se han hecho esperar y la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, ya ha señalado que el pacto del G-7 "es un gran paso hacia la equidad y la igualdad".

Los gobiernos implicados quieren disuadir a ciertas empresas multinacionales de trasladar sus beneficios a países de menor tributación, con independencia de cuál sea el mercado en el que hayan realizado las ventas que han generado tales ganancias. Los derechos de propiedad intelectual, la titularidad de software electrónico o las patentes de medicamentos son algunos ejemplos de las fuentes de ingresos que, al quedar vinculadas a países de menor presión fiscal, pueden resultar en un tributaciones efectivas relativamente bajas. Es el caso de las grandes tecnológicas como Amazon, Facebook o Google, a quienes se ha acusado reiteradamente de "erosionar las bases imponibles" y de tributar alrededor de un 5% en muchos mercados que, en adelante, podrán elevar su fiscalidad.

Con el nuevo sistema, cada país seguirá fijando el tipo que desee en el Impuesto de Sociedades pero, en el caso de que la tributación se traslade a otra jurisdicción, se ha acordado que las autoridades del país en cuestión puedan aplicar un tributo mínimo del 15%. Inicialmente, Estados Unidos quería dejar este tipo en el 21%, pero finalmente se ha establecido un umbral seis puntos inferior. Por ejemplo, si la tecnológica X paga un 10% en España y envía sus beneficios a Irlanda, el fisco de nuestro país tendría la posibilidad de añadir una tasa adicional del 5% y dejar la retención efectiva en el nuevo "suelo" del 15%.

En las próximas semanas veremos un pulso a nivel internacional, puesto que los países del G20 y de la OCDE deberán concretar la propuesta del G7. Se espera que gobiernos como el de Irlanda lideren la "batalla" contra el nuevo marco acordado en Londres. En la medida en que ya hay acuerdo entre las grandes potencias, lo más probable es que la estrategia de negociación de los países de impuestos bajos pase por suavizar las reglas del impuesto mínimo, reducir el tipo de referencia al 10% o aprobar modificaciones en el Impuesto de Sociedades doméstico para crear nuevas deducciones o exenciones.

En clave española, es importante recalcar que, aunque el PSOE ha insistido en que esta propuesta avala su programa electoral, lo cierto es que el manifiesto del partido de Pedro Sánchez hablaba de fijar un "suelo" del 15% calculado sobre el resultado contable, mientras que los documentos que ha tratado el G7 han considerado que la clave está en la base imponible.

Al respecto, cabe recordar que la tributación efectiva de las empresas españolas ronda el 20% y alcanza el 28% entre las grandes, de modo que la mayoría no se verían afectadas negativamente. En este sentido, las informaciones que apuntan que las empresas pagan entre un 5% y un 10% (por ejemplo, esta noticia de El País) caen en el error de compara beneficios globales con impuestos nacionales.

Cosa distinta es la situación de empresas que tienen facilidades para girar sus beneficios hacia otros países y, como resultado del nuevo escenario, pueden sufrir un encarecimiento de sus costes fiscales de aproximadamente diez puntos, puesto que compañías como las tecnológicas citadas anteriormente sí tienden a presentar una tributación efectiva más baja. Una de las consecuencias directas de esta medida podría ser el encarecimiento de sus servicios. Por ejemplo, una subida de precio en las tarifas de Google y Facebook o una revisión al alza de los precios de servicios como Amazon, Netflix, etc.

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