El Gobierno ha aprobado su medida "social" estrella: el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Las presiones de Pablo Iglesias para implantarla cuanto antes y las dificultades económicas por las que están pasando algunas familias a causa del coronavirus han acelerado los planes de Jose Luis Escrivá, que pretendía diseñar con calma esta compleja prestación a la que llevaba dado vueltas desde que fuera presidente de la Airef. Sin embargo, en plena pandemia, el Ejecutivo socialista ha puesto en marcha toda la maquinaria de la Seguridad Social, la Agencia Tributaria (AEAT) y del Instituto Nacional de Estadística (INE) para dar luz verde al subsidio. Lo han hecho rastreando buena parte de los hogares españoles y cruzando millones de datos. El resultado saldrá en el BOE.
Hasta 850.000 hogares españoles en los que viven más de 2,3 millones de personas (el 30%, niños) podrán acceder al IMV, según los cálculos del Gobierno. La medida va dirigida a hogares de cualquier tamaño, pero sólo puede haber un titular de la prestación. Si en el domicilio sólo vive una persona, tendrá que tener entre 23 y 65 años y llevar al menos tres años "constituido como hogar" (viviendo independiente). Si el domicilio tiene dos o más miembros, la edad del titular también tendrá que estar entre los 23 y 65 años, salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo. Entonces, podrán solicitar la prestación tanto los mayores de 18, como los mayores de 65.
Cómo se calcula
El Ingreso Mínimo Vital también es conocido como la renta mínima porque establece los ingresos mínimos que debe cobrar cada hogar en función del número y del tipo de miembros. Entonces, si el hogar no llega a esa cifra mínima, el Estado le ingresa la diferencia. El nivel mínimo que corresponde a los hogares unipersonales es de 5.538 euros al año (462 euros en 12 pagas), que es el equivalente a una pensión no contributiva, y de ahí, va subiendo durante 14 categorías de hogares hasta los 12.184 euros (1.015 euros al mes). Por ejemplo, si un adulto que vive solo cobró el año pasado 200 euros cada mes, como tiene que llegar a 462 euros, el Estado le ingresará mensualmente los 262 euros que le faltan. Esa será su prestación.
Para calcular la renta disponible de cada hogar, se le restan a los ingresos las cotizaciones sociales de empleados y parados y los impuestos devengados. Forman parte de los ingresos las rentas del trabajo + las rentas del capital mobiliario + las rentas por arrendamiento de inmuebles + los rendimientos de actividades económicas + las ganancias patrimoniales + las deducciones familiares y otras rentas, como algunas pensiones y prestaciones.
Algunas dudas y un 'test patrimonial'
Pero eso sí, el Ejecutivo socialista ha decidido excluir de su cuenta de ingresos las rentas mínimas de las CCAA, las becas públicas, las gratificaciones del Estado, algunas ayudas públicas, las indemnizaciones por despido o las prestaciones por desempleo de pago único. Nada de ello contará para la renta mínima. Lo más llamativo de este punto es que el Gobierno no tenga en cuenta las prestaciones que otorguen las regiones a la hora de hacer el cálculo, fomentando así el cobro de dos rentas mínimas en el caso de muchos beneficiarios. Por tanto, tendrán que ser las autonomías las que decidan si recortan o no sus subsidios autonómicos. Mientras que el Gobierno va a gastar 3.000 millones al año en el IMV, las CCAA gastan 1.500 millones anuales con sus respectivos subsidios, que llegan a 300.000 hogares.
Otro aspecto que va a generar importantes distorsiones entre los beneficiarios es que para determinar si una familia es vulnerable o no, lo que se va a tener en cuenta son los ingresos medios de todo 2019, cuando la pandemia del coronavirus y la parálisis económica del país se produjo a mediados de marzo de 2020. Ante este insólito cálculo, fuentes de la Seguridad Social han asegurado que "serán flexibles" si el solicitante les comunica su situación actual comprobando salarios y prestaciones, aunque si no tienen esos datos, le pedirán "una declaración responsable".
Además de los ingresos, el Gobierno someterá a un test patrimonial (evaluando propiedades, cuentas corrientes…) a los candidatos a la renta mínima excluyendo la vivienda habitual. En el caso de las personas que vivan solas, no podrán tener un patrimonio superior a los 16.614 euros y esa cifra se irá incrementando por cada persona adicional hasta los 43.196 euros. Estas limitaciones dejan fuera de la renta mínima a casi todos los hogares que posean una segunda residencia, ya que es más que probable que el valor de los inmuebles supere esa cifra.
Más cuestiones
- No es coercitiva: aunque los hogares que no trabajen se deberán inscribir como demandantes de empleo y seguirán "itinerarios de búsqueda", su participación en entrevistas de trabajo o el envío de currículums no será imprescindible para recibir el subsidio.
- Empleos en negro: no habrá campaña específica para detectar la economía sumergida, aunque obligarán a los beneficiarios a realizar la declaración de la renta. También, se crea la figura del cooperador necesario, por ejemplo, si descubren que "un empleador contrata en negro a beneficiarios del IMV para que reducir sus costes salariales y evadir impuestos".
- ¿Cuándo se cobra? Las solicitudes podrán empezar a hacerse desde el 15 de junio, y "a finales de ese mes", unas 100.000 familias empezarán a cobrarla de oficio, señalan fuentes de la Seguridad Social. Para el resto de beneficiarios, los plazos "son los mismos" que cuando se solicita una pensión ordinaria. "Lo normal es que se cobre en el mismo mes que se solicita con un límite de tres meses, aunque no pensamos agotarlo", apuntan. En plena reincorporación de los funcionarios de la Seguridad Social a las oficinas, en el organismo son conscientes de que pueden tener "problemas de tramitación". Para evitarlos, "estamos enfatizando los medios electrónicos y se está barajando contratar alguna ayuda externa".
- Cómo se solicita: a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario. Después, se podrá pedir a través de los ayuntamientos.
- Los inmigrantes ilegales no podrán optar: se requiere un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
- Tipo de hogar: para validar el hogar se utilizará información que tenga que ver con padrón y la "unidad de convivencia" tendrá que cumplir los "requisitos de consanguinidad o afinidad".
- Incentivos a las empresas: se darán bonificaciones a las empresas que contraten a beneficiarios y se podrá compatibilizar la prestación con un empleo durante un tiempo para no desincentivar la vuelta al mundo laboral.