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Nuevo escándalo con las prestaciones: el Gobierno vuelve a cobrar la cuota de abril a 400.000 autónomos que han cerrado

Los autónomos califican la situación de "vergonzosa". Según ATA, hay 400.000 autónomos sin actividad a los que se les ha pasado la cuota de abril.

Los autónomos califican la situación de "vergonzosa". Según ATA, hay 400.000 autónomos sin actividad a los que se les ha pasado la cuota de abril.
Un bar de San Sebastián, cerrado y con un cartel para evitar robos | EFE

Nuevo golpe a los autónomos. Lorenzo Amor, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), ha mostrado su indignación por la red social Twitter debido a que 400.000 autónomos se han visto obligados a pagar la cuota de abril, como ya ocurrió en marzo, a pesar de haber cerrado.

En su propio perfil, Lorenzo Amor ha publicado un video donde declara que "es lamentable que a 400.00 autónomos se le haya cobrado la cuota, que tengan que seguir prestando al Estado sin dinero, sin capacidad económica y no se le devuelva esta prestación hasta la segunda quincena de junio, son 400.000 autónomos que ya llevan pagadas dos cuotas, prácticamente 580 euros. La ayuda que van a recibir en estos 48 días es de apenas de 400 euros". El presidente de la Federación de Autónomos sostiene que "el Gobierno tenía que haber suspendido las cuotas de autónomos".

Los autónomos, y usuarios de Twitter, no han tardado en mostrar su enfado ante la situación que se encuentran viviendo:

Como ya explicamos a los lectores de Libre Mercado, la Seguridad Social no iba a cobrar la cuota de abril a los autónomos que estuvieran en cese de actividad, como es lógico, pero "si no la han tramitado con tiempo suficiente", admitía el director general de Ordenación de la Seguridad Social, Borja Suárez, la semana pasada, puede que también se encuentren con el cargo este mes y no les sea devuelto hasta junio. Dicho y hecho.

El Gobierno se ha resistido a aprobar una bajada generalizada de los impuestos a los autónomos que sigan operando en nuestro país y sólo ha puesto en marcha aplazamientos y moratorias fiscales que tarde o temprano tendrán que pagar a Hacienda.

Prestación extraordinaria para autónomos

A pesar de este despropósito, un total de 1.154.195 autónomos cobrarán este jueves la prestación extraordinaria por cese de actividad puesta en marcha por la crisis del coronavirus, lo que, según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, supone una nueva "inyección" de 641,2 millones de euros para el colectivo.

Esta prestación, que conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal, fue aprobada tras la declaración del estado de alarma a mediados de marzo.

El pasado 17 de abril ya se realizó el ingreso de la primera mensualidad a 919.173 autónomos, correspondiente al periodo entre el 14 de marzo y esa fecha, con un coste de 670,9 millones de euros. Ahora, esos autónomos han percibido media mensualidad y se han incorporado 235.574 nuevas prestaciones.

A esta prestación tiene acceso cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el régimen correspondiente que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación caiga en el mes un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior.

Los autónomos beneficiarios de la prestación que puedan abrir su negocio al inicio de la desescalada seguirán percibiéndola hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma. La ayuda busca proteger la falta de ingresos de los autónomos en esta situación excepcional y contribuir a la supervivencia de su negocio.

A fecha 28 de abril, 1.233.744 trabajadores por cuenta propia han solicitado esta prestación extraordinaria a las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social. Se han aprobado el 93% de las solicitudes tramitadas y hay un 4% pendiente de evaluar, según el Ministerio. La prestación tiene una cuantía del 70% de la base reguladora, es decir, un mínimo de 661 euros en el caso de los que cotizan por la base mínima.

Para solicitarla no se necesita el periodo mínimo de cotización exigido para otras prestaciones, pues sólo es necesario estar en alta como autónomo en el régimen correspondiente y hallarse al corriente de pago de las cotizaciones sociales. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo, como por ejemplo, orfandad o viudedad.

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