El pacto PSOE-Podemos y la amenaza de una armonización fiscal que elimine las bonificaciones del Impuesto de Sucesiones, ha aumentado las solicitudes de planificación de herencia. Existe una fórmula aún más beneficiosa que las donaciones para la familia, y que permite el ahorro total de los impuestos. Se trata del pacto sucesorio, una figura recogida en el derecho civil de Galicia, País Vasco y Cataluña, Mallorca, Ibiza y Formentera.
Esta solución, que trae a Hacienda de cabeza, está permitiendo librar a las herencias del castigo que supone para los herederos hacer frente a la voracidad del impuesto de Sucesiones. Pero hay que hacerlo ya. Los expertos consultados aconsejan el pacto sucesorio si se reside en alguna de estas regiones o el contribuyente y la familia lleva un mínimo de diez años empadronado en dichas comunidades.
Eutanasia fiscal
Alejandro del Campo Zafra es uno de los grandes especialistas en asesoría fiscal en España. Su despacho no ha dejado de atender peticiones para cerrar con urgencia los pactos sucesorios ante la inminente llegada de un gobierno social-comunista. El abogado cuenta a Libre Mercado lo que sus clientes le dicen al entrar a su despacho: "He visto el preacuerdo de PSOE y Podemos, Alejandro, me quiero morir otra vez". Es una de las frases más repetidas en el gabinete del mallorquín.
"El pacto sucesorio es como una muerte en vida. Te da la posibilidad de morir a efectos fiscales. Yo lo llamo la eutanasia fiscal. A través de un acuerdo, entre todos los familiares se procede a la entrega de los bienes en vida. Es como si la persona que realiza el testamento ya estuviera muerta para Hacienda. Se diferencia de la transmisión por Donaciones en que con el pacto sucesorio no se paga el IRPF de los bienes a heredar. Tampoco si los herederos deciden vender su parte heredada. Te ahorras un buen pellizco de Hacienda", arguye el jurista.
Del Campo afirma que es un buen método y muy recomendado para patrimonios a partir de 700.000 euros. Hay clientes que deciden practicarse la eutanasia fiscal dos o tres veces a lo largo de su vida. "Mueren varias veces. Así, los hijos o nietos pueden disfrutar del patrimonio antes. Hay que tener en cuenta que en los pactos sucesorios toda la familia debe estar de acuerdo en lo que recibe. No es como un testamento que lo que te toqué te tocó (a excepción de la legítima), en el caso de los pactos se necesita la firma de todos, destaca el abogado fiscal.
Ventajas fiscales
Para entender hasta dónde podemos ahorrar Alejandro del Campo pone un ejemplo: "Un padre con rentas altas que transmita viviendas a sus hijos se evita tener que tributar en su declaración de IRPF sobre los alquileres (si tales inmuebles están alquilados) o sobre la imputación de rentas inmobiliarias (1,1% o 2% sobre el valor catastral si son inmuebles de uso propio o están vacíos). Ese padre se puede llegar a ahorrar fácilmente un 30 o 40% de IRPF sobre tales rentas (hasta un 47,5% en Baleares), y el hijo es posible que no tribute o que pague mucho menos si tiene otras rentas inferiores a las de su padre. Es decir, un padre puede transmitir a sus hijos, con pacto sucesorio, inmuebles, acciones, fondos de inversión, obras de arte, etc. por su valor real actual, sin tener que tributar en IRPF (del 19 al 23%) sobre la ganancia patrimonial acumulada".
Sobre esta cuestión, en el pacto sucesorio si los hijos desean poner en venta los inmuebles heredados se podrían plantear vender esos bienes por ese mismo valor real y sin ganancia a efectos del IRPF. Pero, atención, porque todo lo que sea ahorro al contribuyente pone los pelos de punta a Hacienda y sobre todo a la ministra socialista en funciones.
María Jesús Montero ya ha sacado la carpeta que tenía preparada Montoro, el anterior exministro del PP. Del Campo avisa de que conoce de primera mano las intenciones de la Agencia Tributaria y su deseo de acabar con la figura del pacto sucesorio. Pero, Montero se podría encontrar con un gran escollo.
Sentencia del Tribunal
"Hacienda quiere que el pacto sucesorio sea un fraude. El nuevo Gobierno lo va a hacer seguro. De ahí la avalancha de solicitudes para cerrar cuanto antes los pactos sucesorios. La cuestión es que se van a encontrar una sentencia del Tribunal Supremo formulada hace tres años", aclara el letrado.
Dicha sentencia del TS (nº 252/2016 del 9/2/2016) dio vía libre a los pactos sucesorios, por lo que se refiere al IRPF. Consideró que por las herencias entregadas en vida, mediante determinado pacto sucesorio previsto en el Derecho Civil de Galicia (apartación), no se tributa en IRPF sobre la posible ganancia patrimonial derivada de la transmisión de los bienes (inmuebles, acciones, etc.).
"La Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 2/3/2016 ratificó ese criterio del Tribunal Supremo sobre la apartación gallega vinculando a la Administración Tributaria. Y, posteriormente, la Dirección General de Tributos contestó que en diferentes consultas vinculantes no hay ganancia sujeta a IRPF con la apartación", confirma Alejandro del Campo Zafra.
La denominada apartación gallega es lo mismo que el pacto sucesorio. Es una solución para ir apartando las herencias en vida. Pero, pese a las enormes ventajas fiscales, siempre se recomienda hacer un estudio previo por si no conviene realizar este blindaje. "En la mayoría de pactos sucesorios se obliga a los hijos a renunciar a la legítima y esto puede no convenir. Un cliente mío tiene en su parte de la legítima dos millones de euros. A este persona no le he aconsejado el pacto sucesorio. Él quiere heredar un terreno que tiene el padre y donde se quiere construir una casa ahora. El terreno vale mucho menos y nunca se sabe lo que puede pasar en un futuro aunque se confíe en que después el padre te dejará la legítima", argumenta el asesor fiscal.
No obstante, Del Campo concluye que el pacto sucesorio siempre es beneficioso para todas las partes y recomienda que acudan a hacerlo ya los interesados. "No me cabe ninguna duda de que un posible pacto entre PSOE y Podemos puede ser determinante para que en aquellos territorios españoles con Derecho Civil Propio como Galicia, Cataluña o Baleares que permite las herencias en vida (donaciones con pacto sucesorio) se incrementen aún más estas operaciones como nosotros ya lo estamos notando", finaliza.