La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) da la razón al Consejo Regulador Torta del Casar y estima que la marca Torta del Cuera, solicitada para distinguir quesos, resulta conflictiva tanto con la Denominación de Origen Protegida Torta del Casar, como con la marca homónima de la que también es titular el Consejo Regulador y, en consecuencia, ha denegado su registro.
Más concretamente, la OEPM estima que el uso de la marca'Torta del Cuera para la comercialización de quesos genera confusión con la Torta del Casar e induce a engaño a los consumidores. Además, en opinión de la OEPM, esta marca infringe también el ámbito de protección que la normativa europea confiere a la Denominación de Origen Protegida (DOP) Torta del Casar.
De esta forma el Consejo Regulador consigue una nueva decisión a su favor en las posiciones que lleva a cabo para defender el carácter exclusivo de la palabra Torta para su uso en quesos, que se suma a una reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que denegó la marca Torta de Pinto Extremeña, estando pendiente aún otra resolución más por parte del mismo tribunal por otra marca similar.
"Seguimos y seguiremos trabajando para que la palabra Torta no se vulgarice al aparecer en el mercado de forma continua en distintas marcas", ha destacado el presidente del Consejo Regulador, Ángel Pacheco Conejero.
Pacheco ha analizado la situación judicial en que se encuentran actualmente los distintos procedimientos contra registros de marca tanto a nivel nacional como a nivel europeo y ha dicho que "el intento de registrar en diversas marcas la palabra Torta deriva de que se asocia directamente a un nombre muy conocido y de mucho prestigio, la Torta del Casar, ya que de otra forma no cabe imaginar la cantidad de recursos que algunos emplean".
Por su parte, el director del Consejo, Javier Muñoz, ha indicado que siempre han defendido que el término Torta es una denominación tradicional ligada intrínsecamente a la DOP Torta del Casar.
"Ya en 2017 el fallo del Tribunal General de la UE que anuló la resolución de registro de la marca Queso y Torta del Serena indicaba literalmente que la Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) omitió, ilegalmente, apreciar la cuestión de si el término Torta era una denominación tradicional no geográfica", lo que según Muñoz "desmontaba el argumento de que no existe riesgo de confusión entre las marcas en conflicto y que Torta es un nombre genérico".