Es el término más repetido, cada vez que entra en discusión cualquier tema del mundo laboral. Venga o no a cuento, siempre, los sindicatos y los políticos de izquierda – progresistas –, se hable de lo que se hable, relacionado aunque sea de lejos con el mundo del trabajo, siempre acabarán hablando de precariedad.
Término por otro lado, con significados diversos, entre los que se incluyen, el que nos enseñaban cuando empezábamos a estudiar derecho, en el que precarista es quien ocupa una posición jurídica sin título para ello – por ejemplo aquellos que hoy, vulgarmente, y con grafía incorrecta, llamamos okupas –, hasta aquellos otros que la posición que ocupan es temporal o inestable.
Es este último significado el que se aplica cuando hablamos de trabajo precario, con una distinción, de suyo absurda porque, preguntaría yo, qué hay en la vida que no sea temporal; empezando por la vida misma.
Pero es tal el ensimismamiento que el término produce entre los agentes en torno al mercado de trabajo (oferentes y demandantes), que prevalece sobre cualquier otro. Así, hay poca diferencia en la valoración política del parado y la del contratado temporalmente.
Quiero ir más lejos: si sólo puede considerarse trabajador aquel que tiene la seguridad de serlo en el mismo puesto de trabajo por un tiempo sin límites, habrá que concluir en que no existen trabajadores, que merezcan tal apelativo, sin adjetivos, en cualquier lugar y tiempo considerados.
La precariedad, no está en la duración, pues, el trabajo por tiempo determinado no tiene incógnita temporal. En otras palabras, no se le puede acusar de inestable, cuando su propia naturaleza, y así reza el contrato, está basada en la temporalidad.
Para mí, lo que requiere más atención es la precariedad de vida – la que no dispone de recursos suficientes – y a la que no se le presta la atención que merece; por ejemplo, mejorando los niveles de competencia de los trabajadores, muchos de ellos parados de larga duración. Es decir, educación y formación para las tareas laborales.
Lo que ya es esperpéntico, es que en unos días (12 de mayo) entrará en vigor el Real Decreto Ley 8/2019, publicado el 12 marzo pasado, cuyo objetivo, entre otros, es la lucha contra la precariedad laboral, lo que pretende hacerse mediante el registro de limitación de jornada.
¿Está pensando, el señor Sánchez, que la esclavitud, la explotación del trabajador por el capitalista – en términos marxistas – es hoy un hecho habitual? ¿No se ha enterado de que estamos iniciando la Cuarta Revolución Industrial y que la primera quedó doscientos años atrás?
Con estas medidas, la llamada precariedad laboral, se prolongará indefinidamente; aunque los Gobiernos no suelen someterse a ella. Y, lo peor es que, ante el fracaso de medidas absurdas como esta, no se puedan pedir sanciones penales, ni siquiera económicas, para quienes las aprobaron.
Cuando todos, dentro y fuera, piden mayor flexibilidad laboral, los gobiernos progresistas, se empeñan en lo contrario. ¿Por qué?...