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Moncloa desoye al Ministerio de Batet y da luz verde a la polémica Ley Animalista riojana

El Gobierno no presenta un recurso de inconstitucionalidad contra esta norma pese a un informe muy crítico del Ministerio de Política Territorial.

Moncloa ha hecho caso omiso a un informe de su propio Ministerio de Política Territorial y Función Pública que dirige Meritxell Batet contra la nueva norma animalista que rige en La Rioja. El Gobierno de España ha renunciado a presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la polémica Ley de Protección Animal aprobada en el Parlamento de La Rioja con los votos a favor del PSOE, Ciudadanos y Podemos. Ante esta unión política en favor del animalismo, el Gobierno regional del PP no ha podido hacer nada, pese a rechazar la propuesta de lleno. Ahora, tanto el Ejecutivo riojano como los senadores del PP confían en que sus respectivos recursos presentados ante el Constitucional logren paralizar la aplicación de esta ley.

La cuestión es que el propio Ministerio de Política Territorial atisbó claros indicios de inconstitucionalidad en la citada norma, de ahí que haya sorprendido tanto la no presentación del citado recurso por parte del Ejecutivo socialista. El informe, al que ha tenido acceso este periódico, expone la clara violabilidad de leyes estatales y preceptos constitucionales de la controvertida ley riojana de defensa de los animales por, entre otras razones, invadir competencias que no le corresponden.

Sacrificio animal

Por ejemplo, el Ministerio critica el artículo 10, en sus apartados 2 y 3, que específica cuándo, cómo y dónde se deben sacrificar a los animales. Según este apartado, "el sacrificio se llevará a cabo por un veterinario habilitado, autorizado oficialmente, de forma inmediata e indolora y siempre en lugares habilitados para ello. Asimismo, prohíbe el sacrifico en instalaciones de mantenimiento temporal, en los centros de recogida y núcleos zoológicos, independientemente del tiempo transcurrido desde su entrada en los mismos". Tal precepto incurre en una infracción del artículo 9 del Estatuo de Autonomía de La Rioja, que "sienta las bases de la coordinación general de la sanidad", así como de la coordinación sanitaria a nivel estatal que establece la Carta Magna.

El análisis jurídico de la esta polémica norma también critica que tanto los zoológicos como los propietarios y vendedores de animales sean obligados a obtener un sinfín de documentación sobre los centros y sus mascotas que ya está prevista en la legislación básica estatal: "Imponen obligaciones adicionales a los establecimientos riojanos, a mayor abundamiento, les exigen la necesidad de obtener permisos y autorizaciones que contravienen la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado; por ende, en este punto, el recurso de inconstitucionalidad sería indirecto o mediato", añaden los técnicos del Ministerio.

Inspecciones a mascotas en domicilios

Otro de los puntos conflictivos aborda la intervención de las entidades animalistas y asociaciones colaboradoras de defensa de los animales cada vez que lo consideren oportuno. "Estos organismos podrán participar en las inspecciones realizadas por la autoridad, conforme a lo dispuesto en la norma", reza la Ley de Protección Animal de La Rioja.

De este modo, cualquiera que se declare amante de los animales podrá acudir junto al funcionario de turno a las inspecciones, pudiendo, además, "acceder libremente, sin previa notificación, a todo establecimiento, instalación, vehículo o medio de transporte, o lugar en general, con la finalidad de comprobar el grado de cumplimiento de lo establecido en esta ley". O, dicho de otro modo, podrán entrar en tu casa si consideran que es necesario ver cómo esta el perro sin que el propietario del domicilio pueda oponerse.

En esto, es muy tajante el Ministerio al advertir que este apartado vulnera, entre otros, lo dispuesto en el artículo 18.2 en relación con el artículo 149.1.1 de la Constitución Española, "pues dejan al margen la imprescindible autorización judicial para acceder a un domicilio de personas físicas o jurídicas y, además, permite a asociaciones de protección animal la entrada en espacios de intimidad personal y familiar sin ostentar la condición de funcionario público y, por ende, de autoridad pública capacitada para la entrada".

Especies protegidas

Respecto al artículo 35 de la Ley de Protección Animal riojana en donde cita las especies a proteger, desde el Ministerio apuntan a que entra en colisión con lo que señala la Constitución en cuanto a la normativa básica sobre Medio Ambiente.

Además, el Ministerio de Batet denuncia que este apartado sólo busca proteger las especies de la Comunidad de La Rioja: "Tiene una vocación de protección únicamente autonómica, al margen de lo estatal" y no podría superponerse a la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, invadiendo con ello competencias ajenas. Pese a todo, Moncloa ha hecho caso omiso a estas advertencias, de modo que la ley animalista de La Rioja se mantendrá en vigor hasta que el Constitucional se pronuncie sobre los dos recursos presentados por el PP.

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