Golpe a la ley del alquiler de Pedro Sánchez. Podemos ha cumplido sus amenazas y ha rechazado en el Congreso el decreto ley con el que el Gobierno socialista iba a establecer más limitaciones en el mercado de los arrendamientos.
El texto contemplaba cambios en la regulación del alquiler, como subir a 5 años la prórroga obligatoria de los contratos o limitar las fianzas a 2 mensualidades, pero lo que ha enfadado al partido de Pablo Iglesias ha sido que el PSOE no incluyera imponer precios máximos a los arrendamientos, tal y como exigía la formación morada.
Así, Podemos se ha unido a PP, Ciudadanos, Esquerra (ERC), UPN, Bildu y Foro Asturias para tumbar, por primera vez, una ley de Sánchez en el Congreso. Por otro lado, PDeCAT, PNV, Compromís, Coalición Canaria y Nueva Canarias sí se han mostrado a favor del texto socialista, pero los votos no han conseguido sacarla adelante.
La opinión de los expertos
La duda está ahora en lo que pasará con los numerosos contratos de alquiler que se han firmado en España en esos 35 días que han pasado desde que el decreto ley se publicara en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 18 de diciembre. Expertos como Carlos Javier Galán, abogado y profesor del Máster de Abogacía de la UOC, aseguran a Libre Mercado que "esos contratos son válidos porque se han firmado bajo ley vigente". Aunque la vigencia haya sido tan limitada, "algo muy poco frecuente, son válidos porque están firmados bajo el amparo de la ley", insiste.
El abogado no duda en calificar de "disparate" que del 18 de diciembre al 22 de enero los contratos de alquiler de unos pocos propietarios e inquilinos sean diferentes a los del resto del país. "Es un caos que ha generado más inseguridad jurídica sobre el mercado del alquiler, que es precisamente uno de los puntos que pretendía mejorar el decreto ley", ha asegurado.
Además, Galán ha criticado que el PSOE "haya regulado una ley de largo alcance sin tener asegurados los apoyos para llevarla a cabo". El experto considera que una posibilidad para invalidar estos 35 días de normativa sería "incluir algún tipo de disposición transitoria una vez que saquen la ley adelante".
El profesor de Derecho Civil de la Universidad de Navarra, Francisco Javier Fajardo Fernández, también cree que los alquileres firmados en esos 35 días "seguirán vigentes y se les aplicará la norma que estuvo vigente durante estos días".
"Lo normal es que los ciudadanos firmen contratos de alquiler por un año, pero los que firmaron durante los 35 días podrían contar con un prórroga forzosa de hasta cinco años. La ley les ampara, aunque es posible que algunos arrendadores quieran modificar el contrato para aplicar la ley vigente. El arrendatario tendrá que estar atento por si quiere o no quiere cambiar su contrato y adaptarlo a la norma vigente en la actualidad", señala el experto, según recoge iAhorro.
Fajardo recuerda que la no aprobación de la ley no significa que tenga retroactividad. "Los contratos firmados entre el 18 de diciembre y el 22 de enero estarán sujetos a un régimen especial respecto a los contratos que se firmen a partir de mañana. Lo que ha pasado ha sido algo curioso que no se ha dado muchas veces, pero que está sujeto al derecho", apunta.
Así, a partir de ahora, como el Decreto Ley no se ha convalidado, se volverá al régimen jurídico anterior. De esta manera, el máximo de años por contrato de alquiler seguirá siendo de tres años en lugar de los cinco que pretendía imponer el Gobierno.