Google Payment Lithuania ha obtenido una licencia por parte del Banco de Lituania (Lietuvos Banka) que autoriza a la firma propiedad de Alphabet, la matriz de Google, a operar como entidad de dinero electrónico, no solo en Lituania, sino en la totalidad del Espacio Económico Europeo.
De este modo, esta filial de Google estará autorizada para emitir y canjear dinero electrónico, así como para proporcionar servicios de pago.
"Una vez conseguida la licencia como entidad de dinero electrónico, la compañía podrá emitir dinero electrónico y proporcionar servicios de pago para garantizar el buen funcionamiento de sus mercados en toda Europa, además de trabajar en otros servicios de pago para los consumidores dentro del Espacio Económico Europeo", indicó el banco central lituano.
"El final del año refleja nuestros esfuerzos y la experiencia acumulada en los últimos años para desarrollar activamente un ecosistema propicio para las fintech en Lituania", destacó Marius Jurgilas, consejero del Lietuvos Banka.
En este sentido, el representante del banco central lituano destacó que los beneficios del marco regulatorio en el país y las prestaciones que ofrece han sido reconocidos por start ups y fintech de talla mundial.
De este modo, Google se suma a otros gigantes de internet como Amazon, con licencia en Luxemburgo, o Facebook, que obtuvo en 2016 su licencia en Irlanda para operar como entidad de dinero electrónico y que está registrada en España para ofrecer sus servicios desde finales de 2016 como Facebook Payments International Limited.
Según el Banco de España, el procedimiento de notificación para la apertura de sucursales y libre prestación de servicios en España por entidades de dinero electrónico de otros Estados de la UE queda condicionado a que la institución reciba una comunicación de la autoridad supervisora del país de origen de la entidad de dinero electrónico.
De este modo, en el caso de sucursales, una vez recibida la notificación, el Banco de España lo notificará a la entidad de dinero electrónico y ésta, tras haber inscrito la sucursal en el Registro Mercantil, procederá igualmente a su inscripción en el Registro Especial del Banco de España.
"A partir de su inscripción, la sucursal podrá iniciar sus actividades mas deberá comunicar al Banco de España la fecha del inicio efectivo de las mismas", especifica la entidad dirigida por Pablo Fernández de Cos, añadiendo que la libre prestación de servicios se podrá iniciar tan pronto como el Banco de España reciba la comunicación de la autoridad supervisora del país de origen.