Las nuevas condiciones para ejecutar una hipoteca de vencimiento anticipado recogidas en el proyecto de ley de crédito inmobiliario no afectarán a aquellos contratos pendientes de resolución judicial, algunos de ellos suspendidos en los tribunales a la espera de la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre esta cuestión.
Así lo ha establecido la Comisión de Economía y Empresa del Congreso, que este martes ha aprobado el texto acordado en ponencia de la nueva ley hipotecaria, y su remisión al Pleno del Congreso, con votos favorables de PP, PSOE, Ciudadanos, PDeCAT, PNV y Nueva Canarias. Unidos Podemos ha votado en contra y Esquerra Republicana se ha abstenido.
De esta forma, la comisión hace valer el texto que salió de la ponencia y que en su disposición transitoria primera, referida a cómo afectará la ley a los contratos preexistentes, impide que las nuevas condiciones de vencimiento anticipado para ejecutar hipotecas se apliquen a contratos donde ya se haya activado esta cláusula.
Concretamente, la nueva ley recoge que las condiciones de vencimiento anticipado no se apliquen a contratos donde se haya activado esta cláusula antes de la aplicación a la entrada en vigor de esta ley, se hubiese instado o no un procedimiento de ejecución hipotecaria para hacerlo efectivo y estuviera suspendido o no.
Nuevo vencimiento anticipado
Para el resto de contratos suscritos anteriores a la entrada en vigor de la ley sí que serán de aplicación las nuevas condiciones de vencimiento anticipado, salvo que las suscritas sean más favorables para el deudor.
Las que fija la nueva ley elevan los meses de impago que se requieren para ejecutar un contrato de hipoteca (paso previo a un posible desahucio), fijándolo en 12 meses (o en 3% del capital concedido) si el impago se produce en la primera mitad del préstamo, y en 15 meses (o el 7% del capital concedido) a partir de entonces.
Esta es una de las excepciones que permite la retroactividad de la norma, que también alcanza a todas las hipotecas que, pese a haberse celebrado con anterioridad a la entrada en vigor, son objeto de cambios a través de una novación o subrogación.
También se aplican las nuevas condiciones de información que recoge la ley para toda modificación del contrato que se produzca una vez entre en vigor la reforma, así como el límite del reembolso anticipado al 0,15% del capital que se amortice para aquellas hipotecas que pasen de interés variable a fijo.
Se mantiene el AJD
Por otro lado, el Congreso ha rechazado el intento del PP y Ciudadanos de rebajar a cero el tipo impositivo aplicable al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) para hipotecas de primera vivienda, con el rechazo de PSOE, Unidos Podemos, Esquerra Republicana, PDeCAT y Nueva Canarias, pero ha incorporado otra enmienda donde sí se modifica su aplicación. Así, gracias a los votos de PP, Ciudadanos y PDeCAT, la nueva ley impedirá que ninguna cooperativa de crédito o caja rural quede exenta de este impuesto, al establecer que los beneficios fiscales y exenciones que se contemplen para este impuesto no se apliquen en ninguna escritura de préstamo o crédito con garantía hipotecaria.
Por otro lado, el PP ha logrado incluir en la nueva ley una enmienda para una regulación específica a créditos dirigidos a financiar proyectos de inversión en eficiencia energética, ahorro de agua y uso y almacenamiento de energías renovables en cualquier tipo de edificio. Esta hipoteca no requerirá la necesidad de otorgar escritura pública y se podrá inscribir en cualquier momento durante la vigencia del crédito, sin tener que abonar el Impuesto de actos jurídicos documentados. La enmienda ha sido aprobada con el solo apoyo de los 'populares', pero suficientes ante el rechazo del PSOE y Nueva Canarias. Unidos Podemos, Ciudadanos, PNV y PDeCAT han optado por la abstención.
Subrogaciones
Finalmente, la comisión ha aprobado este martes dos nuevas modificaciones a la norma, ambas a propuesta de Ciudadanos. La primera de ellas establece las condiciones de subrogación de hipotecas, permitiendo al deudor subrogar a otra entidad financiera sin consentimiento de la entidad acreedora.
Según ha alegado la formación naranja, en 2007 se modificaron estas condiciones, impidiendo al deudor decidir esta subrogación y dejando esta posibilidad en manos del prestamista. En la nueva ley ya se establecían cambios para que la entidad que pasaba a hacerse cargo de la hipoteca asumiera parte de los gastos de formalización de la hipoteca. Esta enmienda se ha aprobado con el apoyo de PP, Ciudadanos, PNV y PDeCAT, mientras que PSOE, Unidos Podemos, Esquerra Republicana y Nueva Canarias se han abstenido.
Historial crediticio
Por último, la nueva ley también recogerá una nueva disposición adicional, también a propuesta de Ciudadanos, para que los prestamistas puedan consultar el historial crediticio del cliente o deudor y, en caso de conceder el crédito o préstamo, "comunicar a las entidades privadas de información crediticia los datos que correspondan".
La formación naranja ha argumentado que la nueva Ley de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales, aprobada recientemente por el Congreso, se pronuncia en el mismo sentido. La enmienda ha salido adelante con el apoyo de todos los grupos, a excepción de Unidos Podemos que se ha opuesto.