El caso de la sociedad patrimonial creada por el ministro de Ciencia, Innovación y Universidades, Pedro Duque, ha lanzado numerosos interrogantes sobre la posibilidad de que un contribuyente puede beneficiarse de las mismas ventajas fiscales que el político socialista. El propio astronauta ha recalcado en su defensa que apenas ha ahorrado nada con este mecanismo legal que proporciona Hacienda. Libre Mercado ha hablado con especialistas en asesoría fiscal para conocer de primera mano cuándo podemos acogernos a esta fórmula tributaria.
"Duque buscaba no tributar por IRPF"
Normalmente, cuando adquirimos un inmueble como vivienda habitual, o como segunda residencia, lo solemos adquirir como personas físicas, tributando, si es una primera entrega, IVA, o si es una segunda transmisión, pagando el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Pero también es posible hacerlo a través de una sociedad patrimonial.
Para constituir la sociedad patrimonial, primero debemos conocer qué es, y ello se define en el artículo 5 la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades: "A los efectos de lo previsto en esta Ley, se entenderá por entidad patrimonial y que, por tanto, no realiza una actividad económica, aquella en la que más de la mitad de su activo esté constituido por valores o no esté afecto, en los términos del apartado anterior, a una actividad económica".
La cuestión de fondo es simple: ¿por qué el astronauta ha utilizado esta fórmula fiscal? ¿Quería ahorrar impuestos? La respuesta del fiscalista Jesús Villaverde, copropietario de la asesoría LexCom, es rotunda: "Sí, por supuesto, el objeto principal es evitar una tributación mayor", asegura. Pero, ¿cómo? ¿puede ahorrar varios miles de euros un ciudadano de clase media que tenga dos inmuebles a través de una sociedad patrimonial? Depende, sí y no.
Una sociedad patrimonial familiar es aquella que se dedica a la gestión de bienes y no realiza ninguna actividad económica. Es el caso de la sociedad creada por el ministro de Ciencia e Innovación, Copenhague Gestores de Inmuebles SL. "Esto lo realiza para gestionar los bienes patrimoniales y, por supuesto, para ahorrarse el tramo del IRPF que puede elevarse hasta el 45%" en el ámbito de las rentas, señala el asesor. A través de la sociedad patrimonial, el alquiler del inmueble se tributa a través del Impuesto de Sociedades, es decir, con un tipo de interés del 25%. Visto así, el contribuyente si podría ahorrarse unos cuartos.
Entonces, ¿acogerse a una sociedad patrimonial sería rentable para cualquier propietario de dos viviendas? No siempre, depende de múltiples factores. "La sociedad patrimonial es recomendable sólo para rentas elevadas. Las personas que se acogen a este mecanismo fiscal de ahorro suelen ser empresarios y propietarios de inmuebles con un valor medio de más de 500.000 euros", indica Villaverde.
Desde Legálitas recuerdan que, por lo general, la constitución de una sociedad patrimonial suele compensar cuando tenemos un patrimonio alto, esto es, cuando hay varios inmuebles, sobre todo cuando están alquilados, y los ingresos que obtengamos por rentas del trabajo sean altos, ya que si los tributásemos como persona física los tipos de gravamen en el IRPF aumentarían notablemente. Por otro lado, si tributamos por Sociedades, sabemos que es al 25%, aunque "hay que hacer simulaciones para ver cada caso concreto".
Pedro Duque, por ejemplo, ha lamentado no haber ahorrado nada con la sociedad patrimonial que le recomendó su gestor. ¿Por qué? "Si las viviendas van a ser utilizadas para vivir o como segunda residencia no tiene mucho sentido que el propietario constituya una sociedad patrimonial", refleja Villaverde.. Normalmente, las ventajas fiscales "se obtendrían cuando se subarriendan los inmuebles, se venden o se van a heredar". En tanto en cuanto, el astronauta casi no ha realizado ninguna de estas actividades, apenas habría notado la diferencia económica.
Las rentas bajas no pueden beneficiarse
Pero, ¿tan malo era el gestor del ministro? No. Según indican desde LexusCom, "Pedro Duque es una persona que ha trabajado para la NASA, con una carrera profesional y ganancias que hacen que su IRPF se eleve". Por tanto, aunque sea poco, sí le ha venido bien al científico la recomendación de sus asesores. En este sentido, "un contribuyente de clase media que perciba unos 20.000 euros brutos al año y posea dos viviendas del valor que sea, lo mejor es que tribute por el impuesto de la renta de las personas físicas y se olvide de constituir una sociedad patrimonial como la del ministro".
En este sentido, Legálitas recuerdan que otra de las ventajas de adquirir una segunda residencia como sociedad patrimonial es que en el Impuesto sobre Sociedades no tributaremos por ella si no genera rendimientos. Haremos el impuesto, pero no pagaremos nada. Por el contrario, una persona física que tenga un inmueble a su disposición, esto es, que no lo tenga alquilado ni tampoco sea su vivienda habitual, tiene que declarar la imputación de renta inmobiliaria en el IRPF, multiplicando el valor catastral por el 1, 1% si está revisado o por el 2% si no está revisado.
Por último, en el caso de adquirir un inmueble de segunda transmisión, también podríamos renunciar a la exención del IVA, sujetando la operación al Impuesto sobre el Valor Añadido, siempre que cumplamos los requisitos establecidos en la normativa. De esta manera, deduciríamos el IVA satisfecho por la compra, aunque hay que estudiar cada caso concreto, ya que no en todos los casos se puede.
En resumidas cuentas, las sociedades patrimoniales pueden servir ahorrar impuestos por el cobro de elevadas rentas procedentes del alquiler o en el caso de personas que perciban altos salarios.
¿Es ético?
Para cualquier contribuyente agarrarse a cualquier mecanismo fiscal que permita proteger su patrimonio frente a la voracidad de Hacienda es totalmente lícito y ético. Otra cuestión es que un ministro socialista como Pedro Duque lo haga. Su jefe, Pedro Sánchez abandera la subida y el pago de impuestos como una obligación moral de cualquier ciudadano.
Ahora bien, ¿es coherente que uno de los ministros de Sánchez intente ahorrarse impuestos aunque la figura fiscal sea legal? Eso es otro cantar, a la vista de las duras críticas que lanzó el presidente en casos similares, como el del exministro José Manuel Soria o el fiscal Manuel Moix, que también ahorraron impuestos legalmente mediante sociedades.
Expertos como LexCom Asesores dejan claro cuál es su postura personal con respecto al caso del chalé de lujo del ministro: "No puedes exigirle a los contribuyentes algo que tú no haces. Es ilógico. No es ético, ni nada socialista como ellos dicen que son", sentencia Villaverde.