Los contribuyentes podrán solicitar desde hoy martes el servicio de atención presencial de la Agencia Tributaria (AEAT) para la confección y presentación de su declaración de la renta. Será desde el próximo jueves cuando empiecen a acudir en persona a las oficinas sumándose a la presentación telemática y por teléfono que se puede realizar desde el pasado 4 de abril.
Las citas previas, tanto para la atención telefónica como para asistir a las oficinas, podrán solicitarse a través de la web o en los teléfonos: 901 22 33 44 - 915 53 00 71 - 901 12 12 24 - 915 35 73 26. Las citas se facilitarán cada 15 minutos entre las 9:00 horas y las 20:30 horas. El teléfono de información sobre la renta atenderá a los contribuyentes de lunes a viernes de 9:00 horas a 19:00 horas y será el 901 33 55 33 - 915 54 87 70.
Hasta el pasado viernes se habían registrado más de 4,7 millones de declaraciones presentadas y la Agencia Tributaria había devuelto más de 1.900 millones de euros a más de tres millones de contribuyentes, según han informado a Europa Press en fuentes de la Agencia Tributaria.
Seguros que desgravan
Las deducciones autonómicas o por compra o alquiler de vivienda son algunas de las imprescindibles para que el contribuyente pueda beneficiarse de la declaración, pero desde Coverfy han recordado también cuáles son los seguros desgravables en esta cita anual con Hacienda.
- Vida y hogar asociados a hipoteca: si los seguros están ligados a la hipoteca se pueden desgravar hasta el 15% de las cantidades destinadas a la compra de la vivienda habitual con un máximo de hasta 9.040 euros, siempre que se haya adquirido antes del 2013. Es decir, si en todo el año pagan 7.200 euros por las cuotas hipotecarias, 250 por el seguro de vida y 150 por el de hogar, solo tendrán que sumar todas las cantidades y aplicar la deducción del 15% sobre el total.
- Seguros no asociados a hipoteca:
- Vida: el seguro de vida ligado a un plan de ahorro permite deducir 10.000 euros máximo si se tienen menos de 50 años, y hasta 12.500 si tienen más de 50. Si no está ligado a plan de ahorro, el seguro de vida no desgrava (excepto si eres autónomo).
- Hogar: si no tienen el seguro ligado a hipoteca o si adquirieron la vivienda antes del año 2013, no será desgravable, de forma general.
- Compra de vivienda: es importante consultar los requisitos de la normativa autonómica. Por ejemplo, en Murcia o Madrid, se ofrecen incentivos fiscales a jóvenes, en la primera en materia de compra ya que se permite desgravar a los menores de 35 años, un 5% de las cantidades desembolsadas para la adquisición de la vivienda, y en el caso de la segunda establece una deducción del 20% del alquiler de la vivienda. Por otro lado, los propietarios de un inmueble en alquiler, podrán desgravar todos los gastos necesarios para conseguir su arrendamiento, lo que incluye el seguro de hogar o el seguro de impagos, entre otros.
- Plan de pensiones. para quienes hacen una aportación anual a su plan de pensiones del importe máximo, es decir de 8.000 euros, podrán obtener un ahorro fiscal de 3.600 euros, siempre que sus ingresos anuales sean superiores a los 60.000 euros. Por lo tanto, la retención en el IRPF es del 45%. Para quienes cuenten con salarios más modestos, el ahorro está en torno al 24%. Quienes tengan contratado este seguro deben incorporar los datos en la casilla 516.
- Seguro del coche. el seguro del coche no desgrava en el IRPF. Solo lo sería para aquellos autónomos que puedan justificar que su actividad está ligada al uso necesario del coche y para la actividad que desarrollan, y en ningún caso para el ocio.