El presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, ha situado en 100.000 el número de falsos autónomos que hay en España. En total, el 3,15% de los trabajadores por cuenta propia estarían en esta situación.
¿Qué es un falso autónomo?
El falso autónomo es aquel trabajador que depende exclusivamente de una empresa. Es decir, la retribución que recibe mensualmente la obtiene de forma íntegra de la misma compañía. La diferencia con el resto de autónomos es que estos reciben sus ganancias de varias empresas o particulares y no dependen de un solo pagador.
Aquellos trabajadores en esta situación no tienen un contrato con la empresa para la que trabajan, pero desempeñan la misma labor que un asalariado. Tampoco cuentan con los derechos de un empleado por cuenta ajena y son ellos los encargados de pagar las cotizaciones sociales más el IVA e IRPF.
La diferencia con el autónomo TRADE
Entre el falso autónomo y los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE) hay una delgada, pero importante, línea que los separa. La primera diferencia entre ambos es que ser falso autónomo es ilegal, pero ser TRADE es legal. Estos trabajadores son aquellos que reciben, al menos, el 75% de sus ingresos de un solo cliente y tienen, además, un nivel de protección superior al resto de trabajadores por cuenta propia, pero sin llegar al estatus de un asalariado.
Para ser autónomo TRADE se deben cumplir una serie de requisitos que parten desde no tener ningún trabajador a cargo a no poder realizar las mismas tareas para la empresa que el resto de empleados de la misma. Por otro lado, estos trabajadores deben contar con una infraestructura y materiales de trabajo propios.
Lo que diferencia a este colectivo del resto de autónomos es que cuentan con 18 días de vacaciones al año, tienen derecho a una indemnización en caso de que el cliente rompa injustamente el contrato y pueden firmar acuerdos de interés profesional.
¿Por qué hay falsos autónomos?
A pesar de ser ilegal, algunas empresas recurren a este tipo de contratación para ahorrarse el cuantioso coste que supone las cotizaciones sociales. A día de hoy, un trabajador por cuenta ajena con un salario de 900 euros mensuales supone un coste para la empresa de unos 1.233 euros -en caso de tener 12 pagas-. Esos 333 euros de diferencia entre lo que la empresa paga y el trabajador recibe, es la partida destinada a las cotizaciones sociales.
Una empresa que trabaje con un falso autónomo no tendría que pagar esas cotizaciones sociales, puesto que sería el trabajador el encargado de abonar la cuota de 275 euros mensuales a la Seguridad Social y de afrontar los pagos en concepto de IVA e IRPF.
El riesgo de ser falso autónomo es elevado, ya que se incurre en un fraude que acarrea sanciones para la empresa de entre 3.126 euros y 10.000 euros. Además, la Seguridad Social puede reclamar las cotizaciones sociales no pagadas en los últimos cuatro años incluidos los recargos. De esta manera, una empresa que haya tenido un falso autónomo cobrando 900 euros durante un año se enfrentaría a la sanción mencionada, más a 4.000 euros -sin incluir los recargos- en concepto de cotizaciones sociales.