En las últimas semanas hemos hablado de la compleja normativa que enfrentan los contribuyentes a la hora de enfrentar con claridad los compromisos de tributación que se derivan del Impuesto sobre la Renta. Además, hemos cubierto igualmente las dificultades con las que lidian las empresas a la hora de cumplir con el Impuesto de Sociedades, un gravamen marcado por los continuos cambios de reglas que se vienen aprobando en los últimos años.
Podría parecer que quizá el Impuesto sobre el Valor Añadido es un poco más asequible, pero la cruda realidad es muy distinta. En realidad, el código electrónico que ha elaborado el Boletín Oficial del Estado para recopilar las normas del IVA apunta que el gravamen indirecto por excelencia bebe de tres reglas distintas que, en conjunto, tienen una extensión de más de 250 páginas.
Para empezar, el cálculo de este tributo depende de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, cuya extensión supera las 140 páginas. Además, el IVA también cuelga de un Reglamento publicado mediante el Real Decreto 1624/1992, que modifica a su vez a los Reales Decretos 1041/1990, 338/1990, 2402/1985 y 1326/1987. Aunque dicha regla sirve para simplificar cuatro instancias anteriores, su extensión sigue siendo de 80 páginas.
Pero la cosa no acaba aquí. Además, el Impuesto sobre el Valor Añadido depende del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, que crea el Reglamento regulador de las obligaciones de facturación. Hablamos de otras treinta páginas de normativa fiscal, según refleja el código electrónico del Boletín Oficial del Estado.
Cinco años para implementar un nuevo sistema
Pero la configuración del IVA no solo depende del gobierno y el parlamento de España, sino que también cuelga de las reglas que fija Bruselas. En este sentido, el gravamen indirecto por excelencia está a punto de experimentar su mayor transformación en veinticinco años, en el marco del plan de la Comisión Europea que aspira a suprimir las fronteras fiscales y crear un área única de imposición que llevaría a que el IVA se ingrese directamente en el país de origen de cada mercancía o servicio, sustituyendo el actual sistema de exención en frontera.
En parte, la modificación del IVA aspira a acabar con una mala práctica conocida como el fraude carrusel, que consiste en crear una estructura empresarial ficticia que compra y vende productos con el objetivo de conseguir millones de euros gracias a las transacciones del IVA entre los distintos países miembros. Estos esquemas esquivan el pago del IVA y se benefician de devoluciones improcedentes, de modo que constituyen un fraude por partida doble.