Decía Milton Friedman que "no hay nada más permanente que un programa temporal del gobierno". Un buen ejemplo de ello lo tenemos en el Impuesto de Patrimonio. España lo introdujo en 1977, en el marco de la Ley sobre Medidas Urgentes de Reforma Fiscal. Ya entonces, el gravamen fue justificado como una tasa "excepcional y transitoria". Pero la cruda realidad es que, cuarenta años después, este gravamen sigue en vigor.
Cierto es que, a lo largo de los años, el Impuesto de Patrimonio ha estado sujeto a distintas variaciones. Inicialmente, se planteaba como una "herramienta de control de la riqueza", justificada con motivo de evitar el fraude fiscal. En la Ley 19/1991, el impuesto queda plenamente integrado en nuestro sistema tributario, ahora presentado al contribuyente como una figura necesaria para "redistribuir la renta y la riqueza" y "servir como complemento del IRPF y del Impuesto de Sucesiones y Donaciones".
En los años que siguieron, el tributo empezó a ser descentralizado, quedando sujeto al criterio regulatorio de las Comunidades Autónomas. Pero la escasa recaudación y las importantes distorsiones que introduce esta tasa invitaron al Gobierno de España a bonificarlo al 100% en 2008, eliminando la obligación de declarar. Por fin desaparecía aquel impuesto "temporal" que se había introducido por primera vez en 1977. Pero la alegría duró poco y, apenas tres años después, el tributo quedaba reestablecido. De nuevo, las comunidades autónomas se lanzaban a cobrar el Impuesto de Patrimonio, con la honrosa excepción de la Comunidad de Madrid, donde el Gobierno de Esperanza Aguirre se negó a aplicar de nuevo esta figura fiscal.
Francia anuncia su eliminación en 2019
El caso es que, mientras España sigue manteniendo en pie el Impuesto de Patrimonio, cada vez son más los países de la Unión Europea que apuestan por su abolición. Y es que estamos ante un tributo que apenas recauda (su aportación ronda el 0,1% del PIB), pero que sí tiene un efecto muy negativo a la hora de captar grandes patrimonios, lo que a su vez redunda en menos inversión, menos consumo y menos recaudación fiscal. Además, son muchas las voces que denuncian la doble imposición inherente a este gravamen, ya que su base imponible (es decir, el patrimonio de los contribuyentes) ya ha sido sujeta previamente a los gravámenes de rigor (IRPF, IVA, etc.).
Hasta la llegada al poder de Emmanuel Macron, España al menos podía decir que no es el único país de la UE que cobra un Impuesto de Patrimonio a sus contribuyentes. Pero todo apunta a que el país galo también se va a desmarcar de la Vieja Piel de Toro y va a apostar por eliminar este gravamen. Así lo ha confirmado Edouard Philippe, premier de la República francesa, que apunta a su abolición en 2019. Cierto es que los planes del Elíseo plantean un nuevo recargo en el IBI, aplicado a activos de alto valor, pero el saldo neto de la reforma fiscal supondrá una clara rebaja de los tributos ligados al Patrimonio, en línea con las propuestas de campaña del presidente Macron.
España, el segundo país que más castiga el Patrimonio
Si sumamos el Impuesto de Patrimonio, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto de Plusvalía Municipal, encontramos que España solamente recauda el 1,5% del PIB por este concepto. No obstante, el promedio comunitario es mucho más bajo: ronda el 1% del PIB. Y es que nuestro país es el segundo que más ingresos fiscales recauda por esta vía, solamente superado por Bélgica, donde la recaudación alcanza el 2,3% del PIB.