Todos los plenos celebrados por el Ayuntamiento de Madrid durante el año 2016 han incluido dos puntos que desestimaban las bonificaciones al impuesto de obras (ICIO) solicitadas por quienes ya habían realizado obras de mejora de especial interés o utilidad pública municipal en su vivienda o comercio, ayudando por ello a la creación o mantenimiento del empleo.
Los principales motivos para decir no a estas peticiones son el incumplimiento de los plazos establecidos en la ordenanza y el no aportar la documentación completa que justifique las condiciones requeridas por el Ayuntamiento para reducir el impuesto.
Hemos analizado cientos de expedientes, casi un millar, para entender que no se trata de que los ciudadanos se comporten con torpeza o quieran ocultar al municipio de Madrid documentos que obran en su poder. No tiene ningún sentido que mes tras mes golpeemos las manos de los contribuyentes con una ordenanza difícil de entender y más difícil de aplicar cuando se solicita una bonificación.
A esta complejidad normativa, se une la decisión política, a nuestro entender errónea, de reducir en un 50% la bonificación que estaba vigente en mayo de 2015. No solamente es errónea porque se incrementa el impuesto que un ciudadano debe abonar en concepto de ICIO por la obras de mejora de la ciudad que crean empleo, sino que este cambio hace más complicado el cómputo de plazos y la decisión de asignar o no la bonificación correspondiente.
De mayo de 2015 a diciembre de 2015, los contribuyentes tienen derecho a bonificación siempre que hayan solicitado la misma junto con la licencia y hayan ejecutado las obras en ese mismo plazo, pero...
- ¿Qué ocurre si lo han solicitado antes de mayo de 2015 y la obra se ejecuta correctamente después de esa fecha? Se deniega la bonificación, a pesar de que la consecución de una licencia municipal no es sencilla y hay solicitudes pendientes de tramitar desde el año 2014.
- ¿Y qué ocurre si se solicita correctamente a partir de mayo de 2015 y la obra se ejecuta a partir de enero de 2016? También se deniega, aunque el derecho se genera en la solicitud, cuando se ejecuta la obra ya no existe, dicen.
- ¿Y qué ocurre si se solicita a partir de enero de 2016 y la obra se ejecutó entre mayo y diciembre de 2015? También se deniega, el derecho ha expirado…
- ¿Y qué ocurre con los plazos para aportar la documentación y subsanar los expedientes, plazos que se han mejorado a partir de enero de 2016 por acuerdo del Pleno y a propuesta del PP? Pues tampoco aplican si se trata de expedientes anteriores de enero de 2016. Para subsanar se les aplica el plazo de 10 días y no el nuevo acordado de 30 días. "No da tiempo", nos dicen los interesados.
Pero es que a los expedientes que se tramitan en 2016 y que pidieron la licencia anteriormente tampoco les están aplicando los nuevos plazos que son más ventajosos para los ciudadanos. Es decir, la alianza de la burocracia tributaria y la política municipal hace que prácticamente en ningún caso el ciudadano se beneficie de las bonificaciones aprobadas, se acaba con la expectativa de derecho, pese a estar mejorando la ciudad, arreglando viviendas y locales comerciales y contribuyendo con ello en la creación de empleo.
Ante este dislate, en el último Pleno Municipal de noviembre, por unanimidad y a propuesta del Partido Popular, se retiraron todos los expedientes (casi 200) para solicitar un informe jurídico a los servicios jurídicos centrales, independiente de la Agencia Tributaria de la Ciudad de Madrid, para unificar criterios y dar más seguridad jurídica a quienes con su esfuerzo económico contribuyen a la rehabilitación de nuestra ciudad y fomentan el empleo local de acuerdo con el artículo 65.3 del Reglamento del Pleno.
Por cierto, también por unanimidad acordamos en el último Pleno solicitar al Ministerio de Hacienda que vuelva a estar bonificado como lo estaba en 2012 en el IRPF la inversión dedicada a la rehabilitación de vivienda procedente de subvenciones recibidas por cualquier administración y por motivo de renta. Es que no podemos olvidar el efecto multiplicador de las ayudas finalistas a la rehabilitación de viviendas y locales, un euro de subvención arrastra más de 16 euros de la actividad económica, un millón de euros dedicados a rehabilitación permiten la generación de 56 puestos de trabajo, según datos de la Comunidad de Madrid.
Por nuestra parte, el Partido Popular ya propuso reducir al mínimo el coste del ICIO, transformándolo en un tributo meramente censal. Es decir, el Ayuntamiento de Madrid tiene la obligación de conocer las obras que se están realizando, pero no tiene sentido penalizar la inversión que mejora la ciudad y crea empleo local.
José Luis Moreno es economista colegiado, concejal del Partido Popular y presidente de la Comisión de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid.