La Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos (Fevitur) ha presentado ante la Comisión Europea (CE) una denuncia ante las dificultades que la regulación de las viviendas de uso turístico en España supone para el sector por considerar que se está "violando" el derecho comunitario a la libre competencia.
La federación se muestra en contra de las restricciones que están imponiendo tanto el Gobierno de España, como las CC.AA. y algunos ayuntamientos en relación a este derecho. "Las diferentes normativas publicadas por las comunidades autónomas de Galicia, Andalucía, Aragón, Cantabria, País Vasco, Madrid, Baleares, Canarias y los ayuntamientos de Madrid y Barcelona limitan el derecho a la competencia de la actividad de los viviendas de uso turístico en dichos territorios", considera Fevitur.
La organización defiende ante Europa las viviendas de uso turístico como una "actividad complementaria y no competitiva" del sector hotelero, ya que "mientras los demandantes de viviendas de uso turístico son en su mayoría familias compuestas por cuatro miembros, que las alquilan durante seis días de media, los demandantes de hoteles son en su mayoría parejas que las alquilan durante tres noches".
Además, en la denuncia, la federación afirma que es "evidente" que no se ha causado ningún perjuicio ni merma económica al sector hotelero y recoge datos aportados en varias noticias en las que se señala "la mejora de los resultados de dicho sector y el incremento de sus inversiones en los últimos años".
Asimismo, considera inadecuada la calificación urbanística terciaria en lugar de la calificación en suelo residencial que sugieren algunas normativas autonómicas y cuestiona la dispersión normativa en las CCAA que dificulta la unidad de mercado prevista en las normas comunitarias.
Servicios complementarios
La denuncia recoge también el informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), denominado Estudio sobre los nuevos modelos de prestación de servicios y la economía colaborativa, en el que se defiende el derecho al ejercicio y gestión de las viviendas de uso turístico. El 'superregulador' especifica en dicho estudio que "la normativa de las viviendas de uso turístico en España contiene numerosas restricciones de entrada y al ejercicio de la actividad".
Por ello, Fevitur ha pedido amparo a la Secretaría General de la CE para que incoe procedimiento de infracción de dichas normativas por considerar que son contrarias al Tratado Constitutivo de la Comunidad Económica Europea de 25 de marzo 1957, así como contrarias a lo previsto en los puntos 1 y 2 del art. 26 del Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea.
Regulación en manos de las CCAA
Las comunidades autónomas, con competencias en materia de turismo, pueden legislar sobre esta cuestión tras modificarse la Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler, que limita el arrendamiento de viviendas vacacionales y apartamentos turísticos por parte de particulares, al vincular la regulación de este tipo de alojamientos a la legislación turística.
Las normativas vigentes en España para la oferta de alquiler de viviendas de uso turístico salvo en Baleares y Canarias son bastante dispares, aunque la mayoría coinciden en la inscripción de un registro, un teléfono 24 horas y la prohibición de alquilar habitaciones sueltas.
La mayoría de CCAA -Cataluña, Andalucía, Aragón y Canarias, entre ellas- obliga a registrar o dar de alta los inmuebles en el organismo turístico competente o en uno específico creado para ellas, que implica cumplir una serie de requisitos y condiciones específicas por parte del propietario y tramitar una licencia que le permita destinar el inmueble a este fin.