Ahora Madrid argumentó esta semana que aprobar distintas medidas de amortización de deuda "es un ejercicio de responsabilidad de gobierno". En realidad, fuentes consultadas por Libre Mercado apuntan que el gobierno de la Villa y Corte no tenía otra alternativa.
Y es que la preamortización de deuda con cargo al remanente de tesorería viene dispuesta por la Ley Orgánica 2/2012, cuyo artículo 32 punto 1 reza lo siguiente:
Artículo 32. Destino del superávit presupuestario.
1. En el supuesto de que la liquidación presupuestaria se sitúe en superávit, este se destinará, en el caso del Estado, Comunidades Autónomas, y Corporaciones Locales, a reducir el nivel de endeudamiento neto siempre con el límite del volumen de endeudamiento si éste fuera inferior al importe del superávit a destinar a la reducción de deuda.
Además, el artículo 135 de la Constitución Española también apuntala en su primer punto la obligación de que "todas las Administraciones Públicas" adapten "sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria".
Un farol
Por tanto, cuando Ahora Madrid afirma que adopta "por responsabilidad política" las distintas operaciones de amortización de deuda que había dejado aprobadas la ex alcaldesa Ana Botella, lo cierto es que estamos ante un farol y no ante una decisión política que dependiese del criterio del gobierno que lidera Manuela Carmena.
De hecho, aunque el gobierno municipal afirma que "en adelante, los remanentes de tesorería se destinarán a necesidades sociales", este planteamiento resulta a todas luces incompatible con la legalidad española, descrita en párrafos anteriores.
De hecho, si acaso Ahora Madrid pretendiese saltarse la obligación de amortizar deuda en un marco de superávit fiscal, la Intervención General del consistorio tendrá la obligación de corregir esta actitud irregular y exigir al equipo de Carmena que cumpla con las normas establecidas.