Ha ocurrido en la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Málaga. El juez encargado ha dictado sentencia tras la repetición del juicio sobre el expediente de regulación de empleo (ERE) en UGT-A y considera que dicho ERE está "ajustado a Derecho". Esto es, se admite el despido colectivo de 159 trabajadores a pesar de haberse demostrado la irregularidad de las cuentas de UGT. Recuérdese que fue, como consecuencia de estos despidos y de otros anteriores, que saltó a la luz el caso de las irregularidades internas de UGT y sus falsedades sobre subvenciones y actos sindicales que publicó en exclusiva Libertad Digital.
Según la sentencia, el TSJA ha desestimado "en su integridad" la demanda presentada por los trabajadores y absuelve al sindicato de las pretensiones formuladas en la demanda de los trabajadores. Contra esta nueva sentencia cabe presentar recurso de casación dentro de los cinco días siguientes al de su notificación.
Europa Press cuenta que el juez rechaza el motivo de impugnación por omisiones e imprecisiones documentales, uno de los motivos esgrimidos por los trabajadores. Asimismo, el TSJA no aprecia mala fe en la postura negociadora de la empresa y agrega que "al contrario, UGT-A ha realizado ofertas y contraofertas coherentes con las necesidades económicas y organizativas impuestas por las causas alegadas".
"Si no se alcanzó a la postre acuerdo, no puede aludirse a una posición de mala fe negocial (sic) de la demandada, sino al desencuentro de posturas, lo que conduce al rechazo de la causa formal de impugnación de la medida extintiva colectiva", indica el TSJA en la sentencia.
El TSJA afirma que tampoco comparte la afirmación de la sección sindical de que los criterios para designar a los afectados por el ERE "fueron confeccionados 'ex profeso'", según decían los trabajadores, ante lo que el Alto Tribunal Andaluz considera que los criterios de selección respecto a los que habrían que negociar "ya se encontraban incorporados en la documentación que acompaña a la comunicación de inicio del período de consultas".
El juez tampoco ha apreciado vulneración del derecho de libertad sindical y considera que sí se dan las causas económicas que UGT-A argumentó para presentar el ERE, puesto que "no existe dotación presupuestaria para las ayudas públicas previstas, UGT no puede solicitar dichas ayudas para realizar los proyectos finalistas en los que los empleados venían participando y no existe dotación económica suficiente para sustentar sus relaciones laborales a partir del 9 de enero de 2013".
En la sentencia se apunta, para justificar las causas económicas del ERE, que los ingresos ordinarios del sindicato "no son suficientes para cubrir la totalidad de gastos corrientes propios de su actividad" y se apunta que la cuenta de resultados de 2012 "arroja unas pérdidas de 148.516,76 euros", situación que se agravó en 2012, de forma que los presupuestos de UGT-A para 2012 "arrojan un déficit cercano a los cuatro millones de euros".
Ha recordado que la deuda de la Administración pública con UGT en concepto de subvenciones finalistas asciende a más de 50 millones y además "las convocatorias para la adjudicación de programas finalistas y concesión de ayudas para su ejecución han sido suspendidas de facto por parte de las administraciones públicas".
¿Y la doble contabilidad de UGT?
El hecho de la existencia de contabilidades ocultas en UGT es un elemento central del caso por cuanto oscurece el hecho de la objetividad de los despidos encuadrados en los ERE presentados. Con una doble contabilidad es imposible saber si causas objetivas o no para despedir a los 159 trabajadores eran objetivas o no.
Pero el TSJA ha tenido sólo en cuenta los documentos llevados por el sindicato y no el informe de la perito que desmontaba la contabilidad oficial de UGT.
La sentencia lo dice así: "En relación al signo distinto y hasta contradictorio del resultado de los documentos contables y de la pericial de la Sra. Figueras, la Sala se inclina por otorgar mayor credibilidad, por su objetividad, a los datos económicos contenidos en la documentación contable y presupuestos aportados por la representación procesal de UGT-A".
O sea que la Sala de lo Social da por buena una documentación, la de UGT, que, como subraya El Mundo, ni la Sala de lo Social del TSJA, con sede en Sevilla, ni el Tribunal Supremo se han creído en el pleito por el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) que UGT-A aplicó a 57 trabajadores de su plantilla.
Sin embargo, la Sala de Málaga falla que no hubo "mala fe" por parte del sindicato, que además cumplió con todos los trámites del ERE, tanto en la "forma" como en el "fondo". El abogado de los trabajadores anunció ayer que recurrirán al Tribunal Supremo.
Nada contrario a los intereses de UGT-A ha sido tenido en cuenta por el TSJA, a pesar de que el sindicato está siendo investigado por el juez instructor del caso de las facturas falsas y por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, que había presentado las pruebas halladas en los discos duros y en los servidores informáticos de la federación andaluza del sindicato requisados en un registro judicial, nada de ello ha sido tenido en cuenta.
Libertad Digital publicó durante un mes en solitario y luego acompañado por El Mundo, La Razón y ABC una serie de artículos que demostraban una doble contabilidad empleada por UGT-A para desviar subvenciones millonarias y pagar con fondos para parados huelgas, autobuses, comilonas en la caseta del sindicato en la Feria de Abril de Sevilla, maletines falsificados en su marca e incluso la organización de congresos.
El hecho de que la Junta abriera varios expedientes de reintegro al sindicato en los que le reclamaba la devolución de más de 15,3 millones de euros por haber desviado las subvenciones a fines distintos a los previstos, tampoco ha sido tenido en cuenta como elemento de mala gestión y falta de credibilidad de las cuentas.