Casi 200.000 contribuyentes han salido a la luz como consecuencia de las distintas leyes y procesos de regularización puestos en marcha por el Ministerio de Hacienda desde 2012. Un volumen de contribuyentes que han aflorado bases imponibles sin declarar, ocultas en el extranjero, por valor de 175.000 millones de euros.
Cuando hace unos días se le preguntaba al ministro de Hacienda sobre la famosa lista Falciani, por los españoles que aparecían en ella y sobre todo por las actuaciones que en relación a esa lista estaba llevando a cabo la Agencia tributaria, Cristóbal Montoro, para sorpresa de algunos, dijo que esa lista era un aperitivo teniendo en cuenta los datos que estaba manejando la Agencia Tributaria.
Y es que, por ejemplo, como consecuencia del proceso de regularización fiscal aprobado por real-Decreto en marzo de 2012 (más conocida como amnistía fiscal) y que finalizaba en noviembre de ese año, Hacienda consiguió que casi 40.000 contribuyentes regularizaran su situación con el fisco y afloraran más de 44.000 millones de euros.
Después vino la aprobación de la Ley Antifraude 7/2012, donde se regulaba una nueva obligación de información sobre los bienes y derechos situados en el extranjero. Los contribuyentes deberían suministrar a la Administración Tributaria antes del 30 de abril de 2013, información sobre las cuentas situadas en el extranjero abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio de las que sean titulares o beneficiarios o en las que figuren como autorizados o de alguna otra forma ostenten poder de disposición.
También de cualesquiera títulos, activos, valores o derechos representativos del capital social, fondos propios o patrimonio de todo tipo de entidades, o de la cesión a terceros de capitales propios, de los que sean titulares y que se encuentren depositados o situados en el extranjero, así como de los seguros de vida o invalidez de los que sean tomadores y de las rentas vitalicias o temporales de las que sean beneficiarios como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, bienes muebles o inmuebles, contratados con entidades establecidas en el extranjero.
Asimismo, cualquier información sobre los bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles de su titularidad situados en el extranjero. Las obligaciones de informar se extenderían también a quienes tuvieran la consideración de titulares reales de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 del artículo 4 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
Esta ley fijaba las infracciones tributarias que constituía no presentar en plazo y o de forma incompleta, inexacta o con datos falsos esa declaración informativa o su presentación por medios distintos a los electrónicos, informáticos y telemáticos en aquellos supuestos en que hubiera obligación de hacerlo por dichos medios.
Y, además, y muy importante, todos aquellos contribuyentes que no lo hicieran antes de esa fecha, abril de 2013, sabrían que todo lo no declarado no prescribiría. Con la entrada en vigor de esta ley "aparecieron" 134.310 contribuyentes que afloraron más de 88.000 millones de euros.
En esta misma ley y para la declaración a realizar en 2014, se fijaba el plazo de presentación entre el 1 de enero y el 31 de marzo. Pues bien, al calor de estas nuevas declaraciones de información de todo tipo de bienes en el extranjero, han aparecido otros 32.000 contribuyentes nuevos que se pusieron en paz con Hacienda tras aflorar cerca de 20.000 millones de euros. De estos últimos, algo más de 29.000 contribuyentes "movieron" en consumo o inversión casi 16.000 millones de euros.