Sucedió en la madrugada del 23 de agosto de 2009. Un grupo de ladrones -se cree que españoles- entraron sin esfuerzo en la sucursal de Banca Pueyo en la madrileña calle Luchana. En cosa de 10 segundos y sin forzar cerradura alguna accedieron a la cámara acorazada y desvalijaron todas las cajas de seguridad (28) que contenía. Luego se marcharon por donde habían venido sin tocar un sólo céntimo de las cajas del propio banco.
El caso despertó sospechas por muchos motivos. A medida que la investigación avanzaba, más extraño se volvía el caso. Para acceder a la entidad, los ladrones se limitaron a forzar el bombín de la entrada de empleados, algo que la Policía concluyó que se trataba una treta para despistar. Tardaron 10 segundos en acceder a la cámara acorazada, sin forzar ninguna cerradura. Emplearon para ello una llave y una tarjeta de acceso codificada. En aquel momento, la misma policía dijo que "los ladrones actuaron con santo", es decir, "con ayuda de alguien de dentro".
Además, no funcionó ningún sistema de alarma y el hurto no fue descubierto hasta la mañana del lunes. Según el atestado policial un trabajador del banco manifestó que la puerta principal de la caja fuerte se abría con una llave y que era necesaria contraseña. También dijo que la cerradura no estaba forzada porque la llave estaba colgada en un cajetín dentro de la sucursal junto con la clave de acceso.
Como los ladrones no tocaron un sólo euro de las cajas del banco, sino que únicamente sustrajeron las cajas de seguridad, los afectados eran clientes particulares y no el banco. Pese a todo, la Banca Pueyo se negó a mantener la más mínima negociación con los afectados y no ofreció ningún tipo de compensación a sus clientes. Su última actuación fue la de rescindir unilateralmente el contrato de cajas de seguridad mediante una carta en la que reconocían su imposibilidad de mantener las medidas de seguridad adecuadas para proteger los bienes y el dinero en metálico depositado por los clientes.
Es más, Banca Pueyo adujo una cláusula del contrato de sus cajas de seguridad que decía: "La banca no responderá de los daños o menoscabos que se produzcan en las cajas o en sus contenidos por fuerza mayor, caso fortuito o por hechos que excedan de los previsibles dentro de una situación normal, ni tampoco por razón de valor, cantidad o naturaleza de los objetos que el usuario haya depositado en las mismas, ni en los demás supuestos de expoliación, robo y situaciones análogas".
Pero la Audiencia Provincial de Badajoz, declaraba nula esta misma cláusula, por entender que era impuesta por el banco y contraria a la buena fe. Según la Audiencia Provincial, esta cláusula produce un desequilibrio entre las partes de tal magnitud que sitúa al arrendatario, al cliente, en una "desprotección" total.
De momento, la Justicia da la razón a los clientes del banco ya que ha acreditado el flagrante incumplimiento de contrato por parte de la Banca Pueyo. Para los tribunales el Banco actuó negligentemente y eliminó cualquier resquicio de seguridad en relación a la caja fuerte de los clientes debiendo responder frente a ellos por su actuación. Por este motivo, y al existir una sentencia firme que declara la responsabilidad del banco, los clientes afectados por aquel robo tienen vía libre para proceder a la reclamación de sus intereses. Es decir, de la compensación por lo que cada uno depositó en las cajas de seguridad robadas.
Así, el caso, que capitanea el despacho Ramírez & Crespo abogados, bajo la dirección letrada de Emilio Ramírez, entra en una nueva fase donde se abre múltiples posibilidades para los afectados.