La Unión Europea obligará a las empresas a partir de este jueves 1 de enero de 2015 a pagar el IVA en el país del consumidor, no en el suyo propio. No a todas las empresas, sin embargo, sólo a aquellas que vendan productos o servicios que se sirvan por vía digital, en concreto las que sean de entrega prácticamente instantánea y sin intervención humana. Esto incluye libros electrónicos, cursos online, servicios en la nube, vídeos, software, música o imágenes, siempre que no estén en soporte físico.
Este cambio legal tiene como objetivo impedir que las grandes empresas se establezcan en países con un IVA especialmente barato, aprovechándose de la competencia fiscal entre miembros de la Unión Europea. Por ejemplo, Amazon vende los libros electrónicos desde Luxemburgo, ya que en ese país disfrutan de un IVA reducido del 3%, similar al de los libros de papel, mientras que competidores locales como La Casa del Libro deben pagar un 21%. Otros productos y servicios digitales no disponen de refugios fiscales similares y las tasas no cambian tanto entre país y país, de modo que las diferencias en recaudación no serán demasiadas, aunque cambie el Estado que ingresa el dinero.
Lo que sí cambiará y mucho serán las complicaciones burocráticas asociadas al pago de impuestos bajo este nuevo esquema, ya que en lugar de tener un precio único y un único lugar donde pagar, ahora tendrán que enfrentarse a 28 IVAs distintos, con sus distintas reglas y tipos. Aunque se han puesto en marcha las llamadas mini ventanillas únicas (MOSS, por sus siglas en inglés) para reducir esa carga burocrática, evitando la necesidad de darse de alta en cada uno de los 28 países de la Unión, los pequeños emprendedores digitales tendrán que seguir identificando el país de sus clientes y aplicando distintos tipos de IVA dependiendo de donde vengan, incluyendo los regímenes específicos regionales como los de Canarias o las Azores. Y da lo mismo que vendan 10 euros a consumidores de otros países o varios millones. Tendrán que registrarse y pasar por el aro igualmente. Y no pueden negarse a vender a europeos de otros países. Está prohibido.
La ausencia de umbrales mínimos a partir de los cuales tener que afrontar estos costes de cumplir con la nueva ley ha provocado protestas entre las pequeñas y medianas empresas de todo el continente. Curiosamente, la mejor manera que tienen de evitar estos costes de cumplir con la norma es vender sus productos a través de los mismos gigantes contra los que se supone que actúa la ley. Por ejemplo, vendiendo libros electrónicos a través de Amazon y no directamente en una web propia. O sorteando la definición legal de digital haciendo manual o menos instantánea la entrega del producto o servicio, en los casos donde sea posible.