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CatalunyaCaixa condenada por vender preferentes a la madre de un empleado

La mujer, actualmente con 90 años, adquirió preferentes y deuda subordinada por un importe conjunto de casi 100.000 euros.

La mujer, actualmente con 90 años, adquirió preferentes y deuda subordinada por un importe conjunto de casi 100.000 euros.

El Juzgado de Primera Instancia 27 de Barcelona ha condenado a CatalunyaCaixa a pagar 31.697,31 euros más los intereses legales a la madre de un empleado que realizó múltiples compras de participaciones preferentes y deuda subordinada de Caixa Catalunya entre 2003 y 2008 asesorada por su hijo.

Según la sentencia, difundida este miércoles por el Collectiu Ronda y consultada por Europa Press, la mujer, actualmente con 90 años, adquirió preferentes y deuda subordinada por un importe conjunto de casi 100.000 euros en diversas emisiones, y la indemnización responde al importe que no ha podido recuperar tras los canjes posteriores que ha realizado el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob).

La mujer siempre contrataba los productos aconsejada por su hijo y empleado de la entidad, pero el juez señala que éste carecía "de los conocimientos suficientes para poder valorar los riesgos del producto y dar cumplida información".

Añade que la entidad financiera tiene el deber de "proporcionar a los clientes, de manera comprensible, información adecuada sobre el producto ofertado, sus características y riesgos".

En la mayoría de operaciones no hay constancia de orden de compra y, en las que las hay, se define la deuda subordinada como un producto conservador y prudente "indicado para inversores que quisieran asumir pocos riesgos".

La mujer solo firmó un test de conveniencia en una ocasión, en el que explicaba que en los últimos dos años había realizado inversiones sin riesgo o con riesgo de rentabilidad -pero no de la inversión inicial-, y tampoco hay constancia de que le fuesen entregados los folletos de cada emisión.

El fallo, notificado este martes y que también condena a CatalunyaCaixa al pago de las costas, puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Barcelona.

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