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El TC paraliza la "capciosa" consulta contra el petróleo en Canarias

El Consejo de Estado ya tachó la consulta de "capciosa" y "oscura". Ahora, el TC tiene cinco meses para emitir un dictamen.

El Consejo de Estado ya tachó la consulta de "capciosa" y "oscura". Ahora, el TC tiene cinco meses para emitir un dictamen.
Paulino Rivero pidiendo el fin de las prospecciones frente al Congreso | EFE

El Tribunal Constitucional (TC) ha acordado este martes la admisión a trámite del recurso del Gobierno contra la consulta ciudadana sobre las prospecciones petrolíferas en Canarias, han informado fuentes del tribunal de garantías.

La admisión supone la suspensión de la consulta en aplicación del artículo 162.1 de la Constitución, si bien esta medida carecería de virtualidad pese a ser adoptada puesto que el Ejecutivo Autonómico ya decidió suspender cautelarmente el sondeo en espera de conocer la posición del TC.

En la providencia dictada por el Pleno, que también hoy admitió las impugnaciones del Gobierno contra la consulta alternativa en Cataluña, se acuerda igualmente dar traslado de la demanda y documentos presentados al Gobierno de Canarias, por conducto de su presidente, al objeto de que en el plazo de 20 días aporte "cuantos documentos y alegaciones considere convenientes". Esta decisión debe publicarse, según ordena el TC, en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Canarias.

Normas impugnadas

En concreto, el Ejecutivo ha impugnado los dos decretos del Ejecutivo de Canarias a través de los cuales se pretende celebrar una consulta en esa comunidad para saber si los ciudadanos aceptan o no las prospecciones de petróleo frente a las costas de Lanzarote y Fuerteventura.

Se trata del decreto del pasado 25 de septiembre, que contiene el reglamento para celebrar consultas ciudadanas "en asuntos de interés general de competencia de las comunidades"; y de otro del 2 de octubre que ponía fecha y contenido a la consulta.

En principio, y antes de ser suspendida, esta consulta preveía celebrarse el próximo 23 de noviembre bajo la siguiente pregunta: "¿Cree usted que Canarias debe cambiar su modelo medioambiental y turístico por las prospecciones de gas o petróleo?".

Argumentos del Gobierno

El Gobierno entiende que las calificadas como consultas ciudadanas mediante pregunta directa "constituyen materialmente un auténtico referéndum", al contemplar una consulta al cuerpo electoral "a través de un verdadero procedimiento electoral", e insiste en que la potestad de regulación y autorización de referendos corresponde "exclusivamente al Estado, de acuerdo con los artículos 23, 81, 92 y 149.1.32ª de la Constitución Española".

Además, indica en su recurso que esta regulación está recogida en la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, y en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

En este caso, se impugna la regulación de las preguntas directas recogida en los Capítulos I (artículo 4) y III (artículos 9 a 26) del Reglamento, aprobado por el artículo único del decreto del 25 de septiembre, así como las Disposiciones derogatoria y finales de dicho decreto, en cuanto se refieran a las preguntas directas reguladas en los citados Capítulos I y III.

Por otra parte, respecto a la pregunta realizada, el Ejecutivo apunta que debe tenerse en cuenta que la competencia en materia energética corresponde al Estado en virtud de las reglas 13ª y 25ª del artículo 149.1 de la Carta Magna, sin que la competencia de Canarias sobre régimen energético alcance el mar territorial, citando en este punto una sentencia del Tribunal Constitucional de 2013.

Recalca asimismo que, como también ha puesto de manifiesto el Tribunal Constitucional, (Auto 87/2011), "en ningún caso podría la Comunidad Autónoma convocar una consulta sobre materias que no son de su competencia".

El dictamen del Consejo de Estado

En concreto, el Ejecutivo ha impugnado los dos decretos del Ejecutivo de Canarias a través de los cuales se pretende celebrar una consulta en esa comunidad para saber si los ciudadanos aceptan o no las prospecciones de petróleo frente a las costas de Lanzarote y Fuerteventura.

A finales de octubre, Rivero ya retiró la consulta después de que el Consejo de Ministros anunciara que recurriría su consulta al Tribunal Constitucional apoyada en un informe lapidario del Consejo de Estado.

En este sentido, el Consejo de Estado determinó que se trata de "una consulta oscura y capciosa", algo que, a su juicio, "es sorprendente" porque "no suele utilizar calificativos de ese tipo". Tras la suspensión de la consulta, el Tribunal Constitucional tiene cinco de meses de plazo para emitir un dictamen, según recordaba este lunes el secretario de Estado de Industria, Enrique Hernández Bento.

Precisamente, Industra entiende que la consulta es un "fraude de ley" presentado "en contra de preceptos constitucionales, pues lo que se está pretendiendo hacer es un referéndum", algo que es competencia del Estado. Hernández Bento añadió que los sondeos de Repsol se iniciarán antes de finales de noviembre, una vez que el barco que se desplaza desde Angola a aguas cercanas a Canarias con ese fin haya terminado los trabajos en ese país africano.

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