El concepto de estanco tal y como se conoce hasta ahora va a desaparecer. El Gobierno ha autorizado a estos establecimientos a convertirse en tiendas de conveniencia a través de la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos. El texto permitirá a las expendedurías vender todo tipo de productos y funcionar de forma idéntica a la que lo hacen las tiendas de conveniencia, como por ejemplo, los negocios conocidos popularmente como los chinos.
La Red de Expendedurías del Tabaco y Timbre española es un sector fuertemente regulado por la Administración. Con la anterior normativa, los únicos productos que estaban autorizados a venderse en los estancos eran: los artículos de fumador, los de librería, los de papelería y los objetos timbrados.
Según ha publicado el BOE, el estanco "será libre de la comercialización de otros productos o la prestación de servicios, sin más requisito que la presentación de una declaración responsable ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos, previa verificación de que dicha comercialización afecta a la debida conservación y comercialización del tabaco y timbre del Estado o a la seguridad de los usuarios".
Como la norma no especifica qué categorías de producto son las que se van a poder vender, estos establecimientos podrán dispensar una larga lista de productos: bebidas, alimentación, prensa...
"No nos vamos a transformar"
El presidente de la Union de Asociaciones de Estanqueros de España, Mario Espejo, ha celebrado la nueva modificación del texto. "Poder vender todo tipo de productos era una reivindicación histórica del sector y más ahora, cuando las ventas de tabaco llevan 3 años cayendo, sobre todo por el contrabando", ha asegurado Espejo a Libre Mercado.
El representante de los estanqueros ha querido dejar claro que "la principal actividad del estanco va a seguir siendo el tabaco" y que seguirán apostando "por la profesionalización del negocio". Espejo ha aclarado que los estancos españoles "van a seguir conservando su esencia y no se van a transformar en supermercados, excepto en casos muy concretos, como por ejemplo, una población que no tenga una gran oferta de comercial".
Espejo considera que el texto del Gobierno supone "una autorización muy amplia para vender todo tipo de productos". En cuanto a la parte del la norma que impide dispensar artículos cuya, comercialización afecte a conservación y comercialización del tabaco, Espejo explica que "por ejemplo, la lejía no se podría vender porque es un producto que tiene un olor muy fuerte y que podría afectar al aroma del tabaco".
¿Cómo montar un estanco?
A pesar de que con esta autorización, el Ejecutivo desregula la parte de los productos objeto de la comercialización de los estancos españoles, su actividad continúa estando fuertemente intervenida. Hay una larga lista de requisitos para obtener una licencia de apertura para abrir un punto de venta de tabaco y para ejercer su actividad.
La primera, y más importante, es que Hacienda decida sacar a subasta una tanda de licencias para la apertura de nuevos estanco. Además, sólo podrán participar en la subasta las personas físicas de cualquiera de los estados miembros de la UE con capacidad para el ejercicio del comercio (ninguna empresa ni sociedad), que no sean propietarios de otra expendeduría, que se comprometa a gestionar por sí mismo el estanco y a residir en la localidad donde lo instaure. Otra gran barrera de entrada a la competencia es que las licencias de las expendedurías se conceden por un tiempo de 25 años.
El organismo encargado de convocar la subasta es la Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda, a propuesta del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Cada subasta se rige por un Pliego de Condiciones en el que se delimitan las zonas en las que se convoca una expendeduría, así como los requisitos de los concursantes, los criterios de valoración y la documentación a presentar.
Los criterios que se tienen en cuenta para valorar las ofertas son principalmente tres: la oferta económicamente más ventajosa y la distancia respecto a otras expendedurías y respecto a los centros docentes. En el momento de presentar la solicitud, el interesado deberá pagar una tasa que depende del municipio donde esté el estanco. Una vez conseguida la expendeduría, el adjudicatario está obligado a efectuar un pago anual, que depende de criterios de población y volumen de negocio.