Los deudores hipotecarios que vean desestimada su oposición a la ejecución de sus hipotecas podrán recurrir ante el juez, como hasta ahora podían hacer las entidades financieras cuando no se les daba la razón, de modo que se dé cumplimiento al fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que declaró la actual regulación en esta materia contraria a la normativa comunitaria, según ha indicado el ministro de Economía, Luis de Guindos, durante su comparecencia en el Congreso.
El TJUE sentenció la pasada semana que la legislación Antidesahucios de España viola la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, que consagra el derecho a la tutela judicial efectiva de todos los ciudadanos, ya que mientras las entidades financieras sí pueden recurrir en segunda instancia si el juzgado da la razón al deudor y suspende la ejecución por existir cláusulas abusivas, los consumidores no podían proceder del mismo modo cuando se falla a favor del banco.
En estas circunstancias, Guindos, ha avanzado que antes de que acabe el verano, previsiblemente en el Consejo de Ministros del 29 de agosto, se aprobará un decreto ley para modificar la Ley Concursal que incluirá el "ajuste procesal técnico" necesario para dar cumplimiento al fallo europeo.
"Los deudores podrán recurrir el auto del juez que hubiera desestimado su oposición a la ejecución hipotecaria. Con eso se dará pleno cumplimiento a la sentencia del tribunal de Luxemburgo", ha insistido el ministro, recordando no obstante que más de 19.500 familias se han beneficiado de las medidas de protección de los afectados por las hipotecas puestas en marcha por el Ejecutivo.
En concreto, en virtud del Código de Buenas Prácticas se han practicado 6.500 reestructuraciones viables y también ha habido más de 2.100 daciones en pago. Por su parte, el Fondo Social de Vivienda ha adjudicado más de 900 viviendas y se han suspendido unos 10.000 lanzamientos gracias a la moratoria de dos años.