Preocupados por cuáles serían sus condiciones de retiro al finalizar sus respectivas carreras, en 1990 un grupo de eurodiputados propuso crear un sistema de pensiones complementario al que pudieran adherirse los integrantes del Parlamento Europeo que quisieran.
La sociedad se creó finalmente en 1994 y se estableció en Luxemburgo, que es donde está la Secretaría General del Parlamento Europeo (PE) y, por lo tanto, desde donde se gestionan los fondos financieros de la institución. Desde el PE, que en el momento de su creación decidió inmediatamente participar con dos tercios de las aportaciones a la hucha, insisten en quitar hierro a que la fórmula escogida para este instrumento de inversión fuera una sociedad de inversión de capital variable (Sicav) y a la modalidad de cofinanciación.
"La fórmula es absolutamente legal y se utiliza frecuentemente para sistemas complementarios de pensiones", explican en Bruselas fuentes parlamentarias. Estas mismas fuentes añaden que, "como es lógico, todas las prestaciones obtenidas a través del sistema complementario de pensiones deben declararse y están sujetas a tributación nacional". De este modo, cuando a partir de los 63 años los eurodiputados comienzan a percibir la pensión, están obligados a tributar por ella en el país en el que son residentes; e incluirán en sus pagos a Hacienda los beneficios obtenidos, si los hay, en la polémica Sicav.
En este sentido, hay que recordar que una Sicav es una sociedad de inversión colectiva perfectamente legal. En España ha habido cierta polémica con este tipo de mecanismos, porque se han utilizado como vehículos de inversión privados para las grandes fortunas, con los famosos mariachis (ver explicación más abajo). Pero éste no es el caso que nos ocupa. En el caso de los europarlamentarios, la Sicav sí es de verdad un vehículo de inversión colectiva, similar a un fondo de inversión. Y tributa también de forma parecida a la esta figura, en la que millones de españoles tienen parte de sus ahorros.
La polémica, por lo tanto, tiene mucho de artificial. Los parlamentarios europeos tienen muchas prebendas y puede que algunas no estén justificadas. Pero es extraño que precisamente se genere este revuelo porque hayan destinado parte de su sueldo al ahorro para la jubilación y lo hagan con un instrumento perfectamente legal, que no supone un engaño al fisco de su país de origen y que está radicado en un estado de la UE.
Lagunas legales
La creación de este programa complementario de pensiones trataba de dar respuesta a ciertas lagunas legales que existían en el régimen de los eurodiputados hasta el año 2009, periodo en que sus sueldos, cobertura y prestaciones sociales se regían por las respectivas legislaciones nacionales. Las diferencias entre un eurodiputado alemán y un italiano con los españoles o rumanos, por ejemplo, eran notables, y las voces críticas con el sistema, numerosas. En 2009, cuando se aprobó el nuevo Estatuto del Diputado, se decidió poner fin a las aportaciones al fondo y no permitir sumarse a más eurodiputados.
En medio de un gran revuelo mediático -por parte, especialmente, de la prensa británica, que denunciaba la fórmula elegida como un producto financiero oscuro-, el Parlamento Europeo decidió entonces que sus señorías quedaban socialmente amparados por el nuevo paraguas. Salarios, prestaciones y pensiones habían pasado a depender de las instituciones europeas y el instrumento, por tanto, había perdido razón de ser. Para aquellos que llegaron en julio de 2009 y que, por tanto, no pudieron adherirse al plan voluntario, la pensión ascenderá a un 3,5% del importe de la asignación parlamentaria por cada año completo de ejercicio del mandato, sin que el importe pueda superar en ningún caso el 70% de la misma.
Desde la Eurocámara, por el momento, apuestan a que el terremoto político causado por estas informaciones se quedará en Izquierda Unida. "Era una cuestión de coherencia con su programa electoral, y es improbable que le sigan otros eurodiputados", conjeturan. Además, recuerdan nunca ha habido una dimisión de ninguno de los cientos de eurodiputados que han contribuido a este plan colectivo. Eso sí, por mucho que el instrumento sea es legal, como defienden estos días numerosas fuentes parlamentarias y eurodiputados afectados, lo cierto es que es también antiestético que quienes critican estos instrumentos se valgan de ellos, como ha demostrado la fulminante dimisión del hasta hoy número uno de IU en la Eurocámara. El mismo que hace poco más de un mes pedía el voto para su formación criticando la "especulación financiera".
Pecado, penitencia y demagogia
Podría decirse que Willy Meyer ha sufrido, por el pecado de la demagogia, la penitencia de la dimisión. Criticar las Sicav es como criticar los fondos de inversión, los planes de pensiones o los depósitos. Hablamos de figuras perfectamente legales y con un sentido lógico desde el punto de vista del ahorrador. Otra cosa es que haya podido haber algún fraude asociado a determinadas Sicav, como ha podido producirse con otros instrumentos.
En España, las Sicav son sinónimo de instrumento financiero oscuro y sólo para ricos. No es así. Para constituir una sociedad de este tipo, se necesitan un mínimo de cien partícipes y un capital social de 2,4 millones. Como apuntamos anteriormente, su funcionamiento y fiscalidad son parecidos a los de un fondo de inversión. La lógica implícita apunta a permitir que un inversor pueda mover el dinero entre sus diferentes vehículos de ahorro sin que le penalicen fiscalmente cada vez que vende un título con beneficios.
Siempre se dice que estas Sicav sólo tributan al 1%, pero hay que recordar que sólo lo hacen mientras el dinero siga dentro de la sociedad. Es decir, cuando el socio quiera hacer uso de sus fondos tendrá que retratarse con Hacienda como hacemos todos, al tipo correspondiente de la base del ahorro del IRPF. De nuevo, es algo muy parecido al funcionamiento habitual de los fondos de inversión, que sólo obligan a sus beneficiarios a pagar a Hacienda cuando retiran su inversión.
Es cierto que estas Sicav se han utilizado de forma cuanto menos curiosa en algunos casos. Muchas de estas sociedades en realidad responden a vehículos de inversión personales y familiares. En estos casos, el inversor o inversores mayoritarios tienen el 99,99% del capital y completan la sociedad hasta los 100 miembros requeridos por la ley con los denominados mariachis (inversores de pega que sólo ponen la firma).
Durante algunos años, además, se beneficiaron de un agujero legal que permitía reducir capital para recuperar parte de la inversión sin tener que pagar impuestos por los dividendos. Pero desde 2010 se cerró esta opción, por lo que la gran ventaja de la figura queda reducida a la posibilidad de diferir la tributación y manejar las inversiones de forma más individualizada que en un fondo de inversión convencional.
Para aclarar todas estas cuestiones, numerosos expertos han reclamado en los últimos años que se clarifique este régimen, lo que no quiere decir acabar con el mismo. Incluso, se ha hablado de la aprobación de una nueva figura, una especie de Sicav para las clases medias, que permitiera al ahorrador de a pie beneficiarse de los mismos beneficios que hasta ahora están restringidos a las grandes fortunas (poder mover sus inversiones sin ser penalizados por Hacienda).
La discusión debería centrarse en los beneficios de diferir los impuestos (eso es lo que se consigue con las Sicav y los fondos de inversión) y en si tiene sentido incentivar el ahorro de esta forma. Pero parece extraño escandalizarse porque unos cuantos eurodiputados ahorran para su jubilación a través de un instrumento legal de inversión colectiva, que es usado exactamente en la forma prevista por la ley y que está radicado en un país de la UE con numerosas instituciones europeas.