Ya lo advirtió la propia Soraya Sáenz de Santamaría al comenzar la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros: "El Consejo ha sido casi un monográfico en torno al Departamento que dirige el ministro de Agricultura". Pero ni ella misma ha podido evitar reír cuando Miguel Arias Cañete ha presentado la nueva norma de calidad para los productos ibéricos.
Cañete ha presumido del gran esfuerzo que ha realizado su departamento en la elaboración de la norma. "Ha sido muy laborioso porque el jamón ibérico es el buque insignia de la gastronomía de España". El Real Decreto aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomos ibéricos, que mejora la información al consumidor en el etiquetado y presentación. También, a partir de ahora se establecerá más control en los procesos y la fiabilidad en la asignación de las menciones que realmente corresponden a los productos.
Mientras Cañete hacía promesas como que hará "una defensa a ultranza y muy clara de la raza ibérica", entre los periodistas se escuchaba alguna carcajada mientras la vicepresidenta del Gobierno ayudaba al ministro mostrando el nuevo etiquetado.
Según el responsable de agricultura, el texto responde a la necesidad de un sector que estaba "muy preocupado por la desaparición de la raza ibérica, por la confusión en los consumidores y por la fuerte caída de precios". "Llevamos dos años de negociación", ha asegurado Cañete, el único que ha permanecido serio durante la presentación. Después, en el turno de preguntas, ha recalcado la importancia de la norma.
Las claves de la norma
Durante más de 15 minutos, Cañete ha explicado, una a una, las claves de la reforma. El etiquetado de los productos, es uno de sus pilares fundamentales. "Se simplifican las denominaciones de venta y se pasa de las cuatro opciones anteriores (de bellota o montanera, de recebo, de cebo de campo y de cebo) a tres: de bellota, de cebo de campo y de cebo, eliminándose la designación recebo", ha narrado.
En el etiquetado se establece la obligatoriedad de indicar el tanto por ciento de raza ibérica, cuando se trate de animales 100% ibérico, y en lugar destacado de la misma en los demás casos. La norma limita la utilización en publicidad y etiquetado de términos que puedan inducir a error al consumidor. Así, se reserva, exclusivamente para la designación de bellota, los nombres, logotipos, imágenes, símbolos, o menciones facultativas que evoquen o hagan alusión a algún aspecto relacionado o referido con la bellota o la dehesa. De esta forma, el pata negra sólo se podrá utilizar en productos de bellota 100% ibéricos.
Respecto a la identificación de canales y a las denominaciones de venta del producto, Arias Cañete ha recalcado que con esta norma se quiere "mejorar la información al consumidor con un sistema más sencillo".
También se refuerzan los sistemas de control, estableciendo más rigor y control en los pesos de los canales y las piezas y en el tiempo mínimo de elaboración, mejorando la fiabilidad en la asignación de las menciones que realmente corresponden a los productos.