El Proyecto de Ley de Cadena Alimentaria ha sido aprobado este viernes por el Consejo de Ministros. El encargado de presentarlo ha sido, como no podía ser de otra manera, Miguel Arias Cañete, que ha asegurado en la rueda de prensa posterior a la reunión del Gobierno que con esta norma se busca un reequilibrio en las relaciones entre las partes, buscando la protección del "eslabón más débil de la cadena", es decir, de agricultores y productores.
Como era previsible, un proyecto de ley de estas características ha provocado la reacción de los interesados. Simplemente leyendo las diferentes notas de prensa, es fácil hacer el listado de ganadores y perdedores del proceso: agricultores, ganaderos y grandes marcas celebran por todo lo alto lo presentado por el ministro de Agricultura; mientras tanto, la gran distribución alerta de las consecuencias y tiende la mano para buscar un acuerdo en el trámite parlamentario.
Según los datos del Gobierno, existen en España 989.787 explotaciones agrícolas y ganaderas y 29.334 empresas industriales de alimentación. Enfrente, los 5 primeros operadores de la distribución (El Corte Inglés, Carrefour, Alcampo, Eroski y Mercadona) acumulan un 40,3% de la cuota de mercado. En opinión de Agricultura, esto genera una desigualdad en la posición negociadora que hace necesaria la intervención a favor de los primeros, para "equilibrar la relación".
La pregunta es cómo se conseguirá este reequilibrio. Según lo apuntado esta tarde, se hará a través de tres vías: nuevos organismos de control y supervisión, códigos de buenas prácticas voluntarios, pero que incluirán sanciones a los que se acojan a los mismos y luego incumplan su contenido.
Control o burocracia
La ley crea dos nuevos organismos: el Observatorio de la Cadena Alimentaria y la Agencia de Información y Control Alimentarios. El primero llevará a cabo "el seguimiento y evaluación de las prácticas comerciales de los operadores y dará traslado a la autoridad competente" si advierte incumplimientos respecto a lo establecido por ley. Podríamos decir que será como una versión reforzada del observatorio de precios, con más funciones y más potestad para denunciar conductas incorrectas.
Por otro lado, la Agencia de Información y Control Alimentarios "establecerá y desarrollará el régimen de control para comprobar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley; comprobará las denuncias que les sean presentadas e instruirá el procedimiento sancionador para formular la propuesta de resolución".
Las normas que tendrán que vigilar estos dos órganos podrían dividirse en dos grandes apartados: la contratación y las prácticas comerciales. Respecto a lo primero, "la novedad más significativa es la obligación de formalizar por escrito" las transacciones comerciales "continuadas o periódicas, cuyo precio sea superior a 2.500 euros" excepto si se pagan al contado. Es decir, que será necesario formalizar cualquier contrato de compra, una vieja demanda de la industria agrícola. Los distribuidores, por su parte, apuntan a que generará una innecesaria burocracia y pérdida de eficiencia en un sector muy dinámico.
Por otro lado, en las prácticas comerciales, "se prohíben todos los pagos adicionales más allá del precio pactado, salvo en dos supuestos específicos y bajo condiciones restrictivas". Además, "no se podrá exigir a otro operador información sobre sus productos más allá de la que resulte justificada en el contexto de su relación comercial".
Los ganaderos y agricultores siempre han denunciado que los súper utilizan determinados productos (leche, aceite,...) como reclamo, rebajando al máximo sus precios para atraer a sus consumidores. Su versión es que su poder de negociación les permite imponer unas condiciones que hacen inviable la rentabilidad de las explotaciones. La distribución recuerda que España es uno de los países en el que existe un sector minorista más diversificado, con precios más bajos y mayor oferta para el consumidor. Y alertan de que este tipo de obligaciones pueden suponer un incremento en los precios finales de venta al público.
En esta línea, la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) se declaró en contra de algunas de las disposiciones de la ley, argumentando que "para justificar la entrada de una regulación específica hay que detectar el fallo del mercado, y determinadas asimetrías en este sector no son 'per se' un fallo de mercado"
Hacendado, en el punto de mira
Uno de los aspectos más novedosos del Proyecto es aquel en el que se especifica la prohibición del "aprovechamiento indebido por parte de un operador y en beneficio propio de la iniciativa empresarial ajena, así como las que constituyan publicidad ilícita o desleal mediante la utilización, ya sea en los envases, en la presentación o en la publicidad del producto o servicio de cualesquiera elementos distintivos que provoquen riesgo de asociación o confusión con los de otro operador o con otras marcas o nombres comerciales".
Nadie duda de que este párrafo va dirigido directamente contra las marcas blancas, que se han hecho en los últimos años con una cuota de mercado cercana al 50% (en Europa, sólo Reino Unido tiene un porcentaje de marcas del distribuidor superior). Especialmente destacada ha sido la evolución de Mercadona, el grupo valenciano que ocupa el primer lugar del mercado de distribución minorista con una política basada en la potenciación de sus marcas blancas (sobre todo Hacendado) y la desaparición en sus líneales de los productos de otras compañías.
La duda está en saber cómo se articulará este precepto, hasta qué punto se entenderá que un producto similar entra en "competencia desleal" y cómo se articulará la prohibición del "aprovechamiento de la iniciativa empresarial ajena".
Buenas prácticas
Desde el Gobierno se destaca que buena parte de las relaciones comerciales se autoregularán a través del "establecimiento de un Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la contratación alimentaria, que impulsarían el Ministerio y las organizaciones y asociaciones representativas". La adhesión al documento será "voluntaria por parte de los operadores de la cadena".
Eso sí, los firmantes tendrán la obligación de someter "la resolución de sus conflictos al sistema de resolución de conflictos que se designe" en este mismo documento. La clave estará en si este Código es verdaderamente "voluntario" o el Gobierno presiona de una u otra manera para que los grandes operadores se unan al mismo.