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Manuel Llamas

Contra la dación en pago

Imponer la dación en pago con carácter retroactivo (explícito o implícito) es no sólo ilegal sino inmoral.

Imponer la dación en pago con carácter retroactivo (explícito o implícito) es no sólo ilegal sino inmoral.

Era cuestión de tiempo. Los políticos amenazan una vez más con incrementar la intervención estatal, en busca de su propio beneficio electoral, para, en esta ocasión, tratar de frenar la oleada de embargos inmobiliarios y desahucios que se está registrando como consecuencia de la crisis.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, se reunirá este miércoles con una de las máximas responsables del PSOE para diseñar nuevas medidas a fin de aliviar los efectos de la morosidad hipotecaria.

No es la primera vez que el bipartidismo imperante acuerda una posición común sobre esta materia. En 2011, el anterior Gobierno socialista aprobó, con el apoyo del PP, elevar el precio mínimo por el que el acreedor (banco) puede adjudicarse en subasta el bien hipotecado del 50 al 60% del valor de tasación del inmueble, al tiempo que incrementaba el porcentaje de salario inembargable de 700 a 960 euros mensuales. Tras llegar al poder, el PP puso en marcha un "código de buenas prácticas" para propiciar la dación en pago. Sin embargo, todo parece insuficiente y ahora, en una nueva vuelta de tuerca, el PSOE pretende elevar el precio mínimo de subasta al 75% (una especie de dación en pago implícita) e imponer ciertos límites para acceder a una hipoteca, mientras que el PP se muestra abierto a la negociación.

Independientemente de cuál sea la nueva batería de medidas, lo cierto es que el drama que, sin duda, viven numerosas familias impide a la mayoría percatarse de los numerosos y graves efectos perversos que conllevan este tipo de intervenciones públicas. Así, imponer la dación en pago con carácter retroactivo (explícito o implícito) es, en primer lugar, no sólo ilegal sino inmoral. Toda reforma retroactiva es contraria a la seguridad jurídica y, por tanto, al Estado de Derecho. Pero es que, además, cambiar las reglas de juego a mitad de partido supone una violación flagrante de los contratos hipotecarios firmados, voluntariamente, con anterioridad.

Durante los felices –e irreales– años de burbuja crediticia, muchos agentes privados cometieron graves errores, inducidos por los bajos tipos de interés establecidos artificialmente por la banca central. La crisis tan sólo ha puesto al descubierto estas deficiencias, iniciándose así el necesario y sano proceso de ajuste, consistente en la reestructuración, reorientación e incluso liquidación de las malas inversiones pasadas. Los particulares no fueron ajenos a este contexto y muchos, animados por la financiación barata y la ilusión de que "el precio de los pisos nunca baja", solicitaron una hipoteca a la que, posteriormente, no han podido hacer frente. Nadie les obligó a contratar un préstamo, lo hicieron errónea pero voluntariamente, por tanto deben afrontar la responsabilidad que asumieron por contrato.

En España, la mayoría de las hipotecas se firmaron a interés variable y sin responsabilidad limitada –la dación en pago existe, pero encarece el préstamo–, lo cual posibilitó en esos años el acceso a una vivienda a muchas familias que, en otras circunstancias, no podrían permitírselo. Pero el no limitar la responsabilidad conlleva, por el contrario, tener que afrontar el pago de la hipoteca con todos los bienes presentes "y futuros", tal y como estipula la ley vigente. Nadie se estaría quejando hoy si la crisis no hubiera estallado. Pero la crisis llegó, y cada cual tiene que asumir su responsabilidad.

Asimismo, la inmoralidad de la dación en pago retroactiva radica en que, en caso de aprobarse, unos particulares (morosos) serán rescatados a costa de otros (los que no se hipotecaron y, en general, el conjunto de los contribuyentes). Consiste, simplemente, en extender el ya tristemente tradicional "¿qué hay de lo mío?" al ámbito hipotecario. Tal y como señala Benito Arruñada, "¿por qué van a subvencionar los acreedores –en el caso de las cajas en quiebra, los contribuyentes– y deudores prudentes a los deudores imprudentes, el ciudadano que no jugó a la lotería de la burbuja inmobiliaria al que sí lo hizo?". Es injusto, al igual que lo es rescatar con dinero público a las cajas insolventes –en lugar de que paguen sus acreedores– o a los que invirtieron legalmente en preferentes o en bonos patrióticos de ciertas autonomías.

Rescatar a los hipotecados supondrá, en todo caso, más pérdidas bancarias y, puesto que las entidades están siendo auxiliadas por el Estado –lo cual también es un error–, un coste mucho mayor para el contribuyente, en última instancia. Y ello sin contar que reducir arbitraria y retroactivamente las garantías hipotecarias se traducirá, en todo caso, en hipotecas futuras más caras y mucho más restringidas para las familias.

Frente a la moratoria hipotecaria y la dación en pago retroactiva, existen múltiples alternativas que podrían atenuar los terribles efectos de la morosidad, pero sin violar la seguridad jurídica ni cargar al contribuyente con facturas extra que no le corresponden. Entre otras, eliminar la fiscalidad de la dación en pago, facilitar una solución negociada y voluntaria entre acreedores y deudores, así como agilizar y flexibilizar mucho más las subastas de pisos embargados –ya existen notables mecanismos privados– para que el hipotecado no tenga que cargar con una deuda de por vida. Las autoridades públicas se deben limitar a fomentar el surgimiento de mecanismos de mercado, tal y como acontece en EEUU, por ejemplo, y, en último caso, a reducir quizá los intereses de demora, pero nunca vulnerar la ley ni la libertad de contrato para beneficiar a unos a costa de otros.

En Libre Mercado

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