Los comercios españoles podrán abrir más horas y más días. De hecho, la gran mayoría podrá levantar sus persianas siempre que quieran: las 24 horas del día, los 365 días del año. Además, ya no habrá períodos de rebajas restringidos a enero y julio: será cada comerciante el que determine cuándo quiere ofrecer a sus clientes descuentos y ofertas.
Luis de Guindos ha presentado este viernes, tras el Consejo de Ministros, la nueva reforma de la legislación comercial, que liberaliza el sector, tanto en cuestión de horarios como en la organización de los períodos de rebajas. Aunque se mantiene el control final en manos de los gobiernos autonómicos, que legislarán en su territorio de acuerdo a sus competencias, lo que sí hace esta reforma es reducir los límites dentro de los que podrán actuar los ejecutivos regionales.
Tiendas de menos de 300 m2: habrá completa libertad horaria para los establecimientos de menos de 300 metros cuadrados. Esta medida ya está recogida en la Ley de Horarios Comerciales actual, si bien las comunidades autónomas podían limitar la libertad total a las tiendas de menos de 150 metros y ahora el Gobierno suprime esa facultad.
Horario comercial: para el resto de las tiendas, el horario comercial mínimo en días laborables pasa de las 72 horas actuales a las 90. Ninguna comunidad autónoma podrá regular por debajo de ese límite.
Festivos: también afectará a los grandes comercios la ampliación del número de festivos. Hasta ahora, la normativa fija en 12 el número de aperturas anuales en domingos y festivos, pero posibilita a las comunidades autónomas a reducir este número hasta un mínimo de ocho. El ministro explicó que se aumentará de 12 a 16 el límite estatal, mientras que las comunidades autónomas podrán reducir a diez los días de apertura autorizada al año.
Municipios turísticos: el Gobierno pretende además potenciar las zonas de gran afluencia turística obligando al menos a 14 grandes ciudades a delimitar un área con libertad de apertura comercial. Las comunidades autónomas deberán delimitar estas áreas en ciudades de más de 200.000 habitantes que reúnan ciertos requisitos, como haber registrado más de un millón de pernoctaciones anuales o una afluencia superior a 400.000 pasajeros en cruceros. Actualmente cumplen estos requisitos las ciudades de Barcelona, Sevilla, Alicante, Valencia, Zaragoza, Málaga, Las Palmas de Gran Canaria, Bilbao, Córdoba, Granada, Cartagena, Madrid, Palma de Mallorca y Santa Cruz de Tenerife, aunque las tres últimas ya cuentan con zonas declaradas de gran afluencia turística.
Rebajas: por último, se liberaliza absolutamente el período de rebajas. Esto quiere decir que cada comerciante podrá escoger con plena libertad en qué momento ofrecer descuentos o promociones a sus clientes. De este modo, las rebajas podrán coincidir con saldos u otras ofertas comerciales. Además, ninguna actividad promocional se vincula a porcentajes mínimos de descuentos y, por otro lado, no será necesario que el comerciante haya tenido que mantener previamente el precio del producto durante un plazo de tiempo. Asimismo, se introduce la posibilidad de adquirir productos con el fin exclusivo de destinarlo a la realización de una venta en promoción, lo que no afecta a la venta en rebajas, saldos ni a liquidaciones.