Tras la petición formal de rescate bancario al Eurogrupo efectuado este lunes por el ministro de Economía, Luis de Guindos, las autoridades comunitarias se han apresurado a marcar las pautas básicas que regirán la ayuda financiera a España, a la espera de que se acuerden los detalles y condiciones específicas de la operación en los próximos días o semanas.
El Fondo Temporal de Rescate Europeo (EFSF, por sus siglas en inglés) ha publicado un total de 20 principios acerca del citado plan, marcando así algunos de los rasgos generales que deberá asumir el Gobierno español. A continuación, se exponen los 10 factores clave:
1. ¿A cuánto asciende la cuantía del rescate?
El Fondo especifica que la ayuda podrá ascender hasta un máximo de 100.000 millones de euros. Aunque las auditorías independientes a la banca española concluyeron la pasada semana que el sector requeriría "más de 62.000 millones de euros en capital", la cantidad específica se determinará cuando concluyan las auditorías individuales a la banca nacional, cuya publicación se prevé el próximo julio.
2. ¿Quién aportará los fondos?
Inicialmente, los fondos procederán del EFSF. A continuación, la ayuda será inyectada a través del Fondo permanente de rescate (ESM), una vez que se produzca su entrada en vigor -prevista para julio-.
El EFSF es el Fondo que se creó al inicio de la crisis de deuda europea, en mayo de 2010, vigente a día de hoy, y cuyos recursos han sido empleados para ayudar a Grecia, Irlanda y Portugal -aún cuenta con unos 250.000 millones de euros disponbles-, mientras que el Fondo permanente de rescate (ESM), dotado con hasta 500.000 millones, sustituirá al EFSF el próximo julio, una vez que sea ratificado por los estados miembros de la Eurozona.
La aclaración de este punto era relevante, ya que el ESM goza de preferencia a la hora de cobrar la deuda en caso de impago, siempre y cuando no cofinancie ningún rescate previo. De este modo, la ayuda financiera a España gozará del mismo tratamiento de preferencia que el resto de tenedores de bonos españoles ya que, aunque luego participará el ESM, al iniciarse a través del Fondo temporal no gozará de prioridad de cobro en caso de impago.
3. ¿Pueden los fondos europeos prestar directamente a los bancos?
Pese a las esperanzas depositadas por el Gobierno español en este ámbito, el EFSF aclara que esta posibilidad no se contempla. "El Eurogrupo considera que el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), que actúa como agente del Gobierno español, podría recibir los fondos y canalizarlos a las instituciones financieras en problemas". De este modo, el Gobierno "mantendrá la plena responsabilidad de la asistencia financiera y firmará el denominado Memorando de Entendimiento", el contrato de rescate por el cual se impondrán una serie de condiciones.
4. ¿Habrá condiciones vinculadas a la ayuda financiera?
"Sí, la Comisión Europea (CE), en coordinación con el Banco Central Europeo (BCE), la Autoridad Bancaria Europea (EBA) y el Fondo Monetario Internacional (FMI), definirá las condiciones concretas" que afectan a las instituciones beneficiarias de la ayuda y, de hecho, podrá proponer "reformas destinadas al sector financiero en su conjunto", incluyendo planes de reestructuración específicos, en línea con la normativa sobre ayudas europeas y supervisión bancaria.
Además, el EFSF aclara que la Comisión determinará cada inyección de capital así como el resto de mecanismos de asistencia financiera para el banco en cuestión, aplicando las mismas reglas puestas en marcha en otros países europeos con crisis bancarias.
5. ¿Habrá plan de reestructuración?
Bruselas también aclara que la ayuda, en todo caso, dependerá de la aprobación por parte de las autoridades comunitarias de un "plan de reestructuración creíble" para asegurar la viabilidad de la entidad asistida sin necesidad de ayudas públicas extra. Y ello, con el objetivo de reducir al mínimo el coste para el contribuyente y posibles problemas de competencia en el sector. De este modo, se abre la puerta al cierre de entidades inviables, pese a los desmentidos efectuados por el Gobierno a este respecto.
6. ¿Seguirá aportando España dinero al EFSF?
El EFSF se nutre de los recursos aportados por cada uno de los estados miembro de la zona euro. Sin embargo, en los casos de Grecia, Irlanda y Portugal, una vez que solicitaron la ayuda quedaron exentos de aportar la cuota que les correspondía. El caso de España es diferente: "Se espera que España siga siendo garante del EFSF". Es decir, la ayuda no le eximirá de seguir aportando recursos -o como mínimo avales- al Fondo.
7. ¿Cuándo se inyectará el dinero?
El Gobierno ha enviado este lunes la solicitud formal del rescate. Ahora se abre un período transitorio de negociación, que exigirá una serie de evaluaciones extra por parte de la Comisión, el BCE, el EBA y el FMI, así como la firma de un Memorando, estableciendo las modalidades y condiciones del rescate, que será firmado por el Gobierno español y la CE. Una vez completados todos estos trámites, "la ayuda financiera podrá ser liberada rápidamente". Así pues, las autoridades comunitarias realizarán su propia auditoría a la banca española para determinar el agujero del sistema y las correspondientes necesidades de capital.
8. ¿Quién determinará las entidades que precisen ayuda y la cuantía de la misma en cada caso?
Este punto será evaluado por la CE, en coordinación con el BCE, la EBA y el FMI, y de acuerdo con las autoridades españolas.
9. ¿Cómo se inyectará la ayuda?
El EFSF abre la puerta a que la asistencia se inyecte directamente mediante bonos en lugar de dinero en efectivo, en una operación similar a la diseñada para recapitalizar la banca griega. De este modo, el EFSF y el ESM -una vez ratificado- proporcionarán directamente los bonos (deuda pública) a las entidades que lo precisen sin necesidad de acudir al mercado para recaudar el dinero en efectivo mediante nuevas emisiones de deuda.
10. ¿Cómo afectará a la deuda y al déficit?
El comunicado aclara que, si bien el apoyo a través del ESM no tiene un impacto directo sobre la deuda de los socios miembros, la ayuda aportada por el EFSF se transfiere al gobierno solicitante. De este modo, el rescate se traducirá en un aumento de la deuda pública española, y también elevará el déficit por dos vías: los intereses del préstamo se consideran gasto público y, por tanto, tendrán impacto en el déficit; pero, además, todo el capital que se inyecte para cubrir "pérdidas bancarias" también será contabilizado como déficit, tal y como establece Eurostat, aclara el comunicado.
Por otro lado, acudir al EFSF exigirá al Gobierno español la aportación de avales para garantizar la devolución del dinero, tal y como ha exigido Finlandia.