PUNT, se equivoca usted y Expansión da la noticia sesgada.Es suficiente leer con detalle el Decreto-Ley 3/2012 y la ya abundante bibliografía al respecto, amén de pisar el Foro, para percatarse que el problema no es si El Decreto-Ley tiene o no disposiciones transitorias, sino como dice el propio Diario Expansión con escasa precisión "a las interpretaciones divergentes que están aplicando los Juzgados a la hora de determinar desde cuándo se aplica la reforma".
La cuestión es técnico jurídica y no ideológica. Sólo si el Decreto-Ley 3/2012 tuviese efectos retroactivos produciría efectos hacia al pasado como no los tiene se aplica desde el día de su entrada en vigor.
Todas las demandas presentadas a partir de la entrada en vigor del Decreto-Ley le serán aplicables las nuevas normas laborales, las presentadas con anterioridad se rigen por las normas anteriores.
Puede haber, cierto es, cuestiones conexas relativas a cálculos de salarios de una fecha a otra, etc, pero eso es habitual en procesos civiles e incluso penales en ningún caso cuestiones ideológicas.
Cosa muy diferente es su personal apostilla digna de figurar en la antología del disparate jurídico. La arbitrariedad judicial, es decir, dictar una resolución judicial caprichosa y sin fundamento jurídico alguno es una conducta punible, por tanto si las cosas están tan meridianamente claras queréllense contra los jueces, denúncienlos o simplemente recurran sus decisiones.
La discrecionalidad interpretativa, por el contrario va ligada a la interpretación en cualquier ordenamiento jurídico y, en el nuestro los límites de esa discrecionalidad vienen marcados por la Constitución, en la obligación de Jueces y Magistrados en interpretar las leyes "conforme" a la Constitución. Esa es toda la discrecionalidad de que gozan los jueces y magistrados. Por último el llamado "uso alternativo del Derecho de origen italiano goza de poco predicamento en la judicatura española después de la entrada en vigor de la Constitución, es más se podrán contar con los dedos de una mano las publicaciones sobre esa corriente en los últimos 10 años.
Saludos cordiales
Pero ¿en qué pais vivimos?. ¿Qué se han creido estos ropones de...?.A ver si se enteran: ellos forman parte del poder JUDICIAL solamente. Por tanto han de limitarse a juzgar de acuerdo con las leyes que estén en vigor. Y esas leyes son las que dicte el poder LEGISLATIVO.
Si no son capaces de administrar justicia de acuerdo con esas leyes, bien sea por desconocimiento, que no es el caso, o por rebeldia, expediente al canto y a la calle. A buscarse la vida en otra profesión.
Si no echáis a estos sinverguenzas, poder EJECUTIVO, ¿para qué os necesitamos?. Ya se está haciendo tarde y, al haberos dado mi voto, estoy empezardo a acordarme hasta de la cuna que os meció.
punt
Como siempre, has dado en la diana. Que se inhiban si quieren, pero que no prevariquen. Eso es lo grave. Que digan que van a prevaricar y lo hagan.
JuanM191
Es que según la ley vigente actualmente tienen derecho como máximo a 30 días, no a 45. Y que haya jueces que digan que no van a aplicar la ley es muy grave.
Y le repito: Ni el "matrimonio" homosexual, ni el aborto , ni la educación para la progresía son derechos. Son, respectivamente, una institución con derechos y obligaciones (m refiero al matrimonio, claro está); un crimen que consiste en quitar la vida a los seres humanos más indefensos y una intromisión en el derecho de los padres a elegir la educación que desean para sus hijos, además de un adoctrinamiento inaceptable.
Y otra cosa: ¿Cómo tiene usted la cara de fingir que se preocupa por "los abuelos" cuando defiende como derecho el acabar todos los años con la vida de cientos de miles de seres humanos que no han tenido ni la oportunidad de nacer? ¿Cómo pretende ni siquiera insinuar que si "los abuelos" mueren es porque no hay Le de dependencia, como si con ella no fuesen a morir? ¿Y cómo sigue mintiendo, si usted mismo sabe que el Gobierno Zapatero aprobó la ley sin financiación y la Comunidad de Madrid sufraga el 80% de los gastos en dependencia cuando sólo debería sufragar el 50%?
Xoder, vaya empanada mental tiene el fascista o facharrojo llamado JuanM666. Tio, no hay nada más parecido a un fascista que un socialista. Los que se hacen llaman socialdemocratas eran llamados socialfascistas por los socialistas fetén. El creador del fascismo, Mussolini, siempre se declaró socialista. Lo más alejado del fascismo es el liberalismo, que es el creador de la democracia burguesa. Estos facharrojos como este han leido muy poco y lo que han leido no saben asimilarlo. Rubalcaba es un socialfascista, y no ha habido más connivencia entre la oligarquia y el gobierno que durante el gobierno de ZP.
Otra cosa: si un juez no aplica la ley comete un delito de prevaricacion y debe ser apartado de la judicatura. Los jueces socialfascistas o facharrojos que se toquen la toga.
[armagg] Ya se nota, ya.
Entre la empanada mental que lleva, el sectarismo que profesa, la ignorancia de la que hace gala y el síndrome de Hannibal Lecter que exhibe, espero que le leven por la calle con bozal, para seguridad de los viandantes.
Un saludo.
Mariano, si estos pasan: prevarican; pero yo quiero pasar de pagarles.
Que alguien me lo aclare, please: Lo de JuanM, ¿significa "Juanito Mari_cón"?
Mientras que no sea el presentar un simple par de papeles para pagar sólo los 20 días de indemnización...
Discutan sobre ello aquellos que hubieran trabajado a fondo y que por piruetas contables la empresa les liquide de esa manera su esfuerzo, sin que sufra tal empresa el embite de unas perdidas reales.
Al pan pan y al vino vinate.
[flagusti] Confunde vd discrecionalidad interpretativa con arbitrariedad.
Si la Ley dice que son 33 días y el juez dice que no piensa aplicarlo para el tiempo de vigencia del contrato posterior al 12 de febrero, eso no es discrecionalidad sino arbitrariedad puesto que es la negativa a aplicar lo que claramente figura en la ley.
Dice vd que "La cuestión es técnico jurídica y no ideológica", pero eso no es cierto puesto que la insumisión judicial sólo se produce respecto a los puntos de la reforma que entran en conflicto con determinados dogmas ideológicos. Mire vd por dónde, no veo por ningún lado que ningún juez progre tenga ninguna duda sobre los plazos para la aplicación de preceptos que no contrarían su ideología.
Citando Expansión:
¿Qué parte de "Algunos jueces progresistas alertan de que otorgarán algún tipo de indemnización extra por el tiempo que dure el juicio a los despidos improcedentes posteriores a la reforma" no ha entendido?
¿Qué parte de "fuentes judiciales progresistas advierten de que (...) otorgarán 45 días también para el tiempo que estuvo en vigor el contrato después de 12 de febrero" no ha entendido?
¿Qué parte de "No lo aplicarán o elevarán cuestiones de inconstitucionalidad" no ha entendido?
¿Qué parte de "algunos de estos jueces anuncian que privilegiarán los convenios sectoriales" no ha entendido?
Por último, el "uso alternativo del derecho" es, con variaciones, lo que profesan los llamados "jueces para la democracia", hasta el punto de que ese uso alternativo impregna incluso el propio nombre de la asociación en la forma de ese "para" que coloca al juez no como instrumento de la Ley sino como instrumento de lo que ellos entienden como "democracia" (y hay que recordar que la izquierda acostumbra a llamar "democracia" a todo tipo de dictaduras donde gobiernan ellos, autodenominados "el pueblo": paradigmáticas son la "República Democrática Alemana", de la que la gente huía atravesando campos minados y alambre de espinos, o la "República Popular Democrática de Corea", inmensa cárcel donde el apagón informativo es total)
Verdaderamente, sorprende ver cómo la izquierda tiene tan interiorizado este uso ideológico del derecho, que cualquier arbitraria prevaricación que se produzca conforme sus criterios ideológicos es defendida como "discrecionalidad", como si un juez pudiese aplicar la ley o no aplicarla a discreción.
Un saludo.