"Simplificar el derecho". Tan fácil como enfocarlo en los derechos de propiedad: http://mises.org/rothbard/ethics/ethics.asp
Todos los puntos enumerados mejorarían sin duda en un mercado libre en competencia de servicios jurídicos. Aquellas que simplifiquen los procedimientos y tengan un precio más ajustado obviamente tendrían más clientela gustosa de acudir a ellas sabiendo que serán lo más eficiente posible en sus servicios. Lo cual es complicado que suceda bajo un monopolio estatal.
Cabrillo y Fitzpatrick hacen el planteamiento ya ampliamente difundido en USA conocido como el Análisis Económico del Derecho (Posner, Calabressi, etc). En España algunos catedráticos de Derecho Mercantil y abogados en ejercicio como Paz Ares lo llevan utilizando hace tiempo. Los grandes bufetes de abogados internacionales utilizan este enfoque (los costes de transacción) antes de instalarse en un país para abrir un sucursusal o una filial.
El problema del Análisis Ecónomico del Derecho no es otro que el reduccionismo de la idea y del valor Justicia al valor eficiencia económica. Como todo reduccionismo presenta una versión parcial y sesgada del fenómeno analizado. El Derecho tiene una dimensión ecónomica muy importante pero sigue siendo Derecho no un apéndice de la economía como parece pretender el Analisis Económico del Derecho. Privilegiar como valor jurídico supremo la eficiencia económica puede poner en riesgo valores como la libertad, la tutela judicial efectiva y la igualdad tal como está consagrada en los artículos 9.2 y 14 de la CE.
No apurarse chorizos de guante blanco y de pata negra que seguireis en la mayor de la impunidad con la complicidad de la justicia, como siempre. No lo consiguio Franco y lo van a coseguir estos o los otros, je je je.....
1)Analizar nuestro sistema judicial desde la óptica norteamericana tiene ciertos condicionantes ya que en nuestro sistema a diferencia del de allí existe el juez de instrucción y veo ciertamente complicado y contrario a nuestra tradición implantar o copiar el sistema norteamericano.
2)Por otro lado otro punto de meditación en orden a la racionalización o modernización judicial es ver el paquete de asuntos o contenidos que en un primer momento pueden sustraerse a la competencia de los tribunales, es decir la desjudicialización de algunos asuntos, claro que lo que no tiene que hacer un juez lo tiene que hacer algún tipo de funcionario, y si una boda deja de hacerla un juez es porque la hace una alcaldía o un notario como ahora se pretende.
Lo que en todo caso parece poco racional es judicializar ex novo asuntos como recientemente ha pasado con la escolarización en español en Cataluña que se ha resuelto que principie por una demanda judicial y no en cambio por una solicitud administrativa.
3)También hay que hablar de ciertas disfunciones competenciales que a cualquier profano le resultarían increíbles, como lo es que existiendo una jurisdicción especializada como la Militar,se haya sustraído a la natural competencia de esta, incluso los asuntos generados de la participación del Ejercito en misiones internacionales: como ataques,atentados y piratería.Quedando tan magra su competencia que vive y subsiste en una eterna dolce far niente.