El Gobierno ha reducido de 49 millones a 10 millones de euros las ayudas para la compra de vehículos eléctricos para el año 2012. En la reunión de este viernes del Gabinete se han aprobado estas ayudas por un importe de 10 millones, decisión que deja sin efecto la del pasado 18 de noviembre del anterior gobierno socialista, que había arbitrado una partida de 49 millones de euros.
El Gobierno mantiene las mismas condiciones y el sistema de gestión para el acceso a estas ayudas. El Ejecutivo entiende que con el nuevo Real Decreto se compatibiliza el objetivo de reducción del gasto con el apoyo a la demanda de este tipo de vehículos y los efectos positivos de eficiencia entre el sector del automóvil y el de energía, así como la incorporación de tecnología nueva e innovadora.
En la regulación de las ayudas, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo subvencionará un 25 % del precio de venta antes de impuestos del vehículo, con un máximo de 6.000 euros por unidad para flotas y usuarios particulares y de hasta 30.000 euros para los vehículos industriales, en función de su tipología.
Las ayudas van dirigidas a personas físicas, autónomos, empresas, administraciones públicas y las sociedades o entidades que tengan consideración de carácter público estatal, autonómico o local. Se enmarcan en las mismas la adquisición, operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de vehículos eléctricos nuevos. Las ayudas, asimismo, abarcan prácticamente todos los segmentos de vehículos: turismos, furgonetas, furgones, autobuses motocicletas y cuadriciclos.
La cuantía de la subvención individual es del 25 % del precio de venta antes de impuestos del vehículo completo, con inclusión de las baterías. En caso de que éstas se excluyan, el porcentaje del 25 % de la ayuda individual pasa a ser del 35 %. Los límites establecidos para estas ayudas se establecen de la siguiente forma:
GRUPO 1: vehículos de las categorías M1, N1, L6e, L7e, L5e, L3e.
- 2.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica no superior a los 40 kilómetros no inferior a 15 km.
- 4.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 40 kilómetros e inferior o igual a 90 km.
- 6.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 90 km.
GRUPO 2: vehículos microbuses M2 y comerciales N2
- Máximo de 15.000 euros, siempre que su autonomía sea superior a 60 km.
GRUPO 3: vehículos autobuses y autocares M3
- Máximo de 30.000 euros, siempre que su autonomía sea superior a 60 km.