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El Gobierno multiplica por cinco las multas al empleo sumergido

Crecen las sanciones a los que compaginen el paro con un trabajo. Las empresas no pagarán atrasos a la Seguridad Social por las regularizaciones.

jkl127 dijo el día 30 de Abril de 2011 a las 13:32:

Respuesta del gobierno a la bajada de recaudación por multas (velocidad a 110) y por el tabaco. ¡Es que no dan puntada sin hilo!.

tiel dijo el día 30 de Abril de 2011 a las 11:55:

Me parece muy bien la noticia y espero que empiecen por investigar a la mayoría de funcionarios que tenemos en España, Bomberos, policías, oficinistas, médicos, enfermeras enfermeros, aux,clínica, barrenderos, etc., etc. que encima que tienen el trabajo y sueldo asegurados, aprovechan el resto de jornada para trabajar en NEGRO.
Y qué decir de los políticos de elite, que los hay con 3 o + sueldos, alcaldes y concejales.
Si quieren erradicar ese fraude que empiecen por ahí.

SIERRA00 dijo el día 30 de Abril de 2011 a las 11:34:

Pues servidor hace ya muchos años, desde el 11M, que se paso al negro para no dar ni un puto duro a los mangantes psoetarras.

Yo, en lo que puedo, no financio asesinos, ladrones, corruptos ni nazis.

Y no me vengan con el cuento de la solidaridad: No me da la gana que de mis impuestos mas de la mitad vayan a ETA, a los chavez, a la Pajas, y demas gentuza.

En cambio, hago razonables y generosas aportaciones a Caritas, que seguro que lo utiliza mejor que esta gentuza.

capalmon dijo el día 29 de Abril de 2011 a las 23:48:

Afortunado el empresario que pueda permitirse emplear trabajadores cumpliendo con todos los trámites y obligaciones con hacienda y seguridad social y además pagarles un sueldo digno. Especie en vía de extinción sobre todo en pymes que necesitan mano de obra pero no pueden contratar a nadie por los costes. Pues señores desempleados, cuando se les acabe el paro vayan a pedir trabajo a Valeriano Gomez o a Rubalcaba.

Junio6 dijo el día 29 de Abril de 2011 a las 18:59:

La información no es exacta.

A los trabajadores que compatibilizan el trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena, con la percepción de una prestación de seguridad social -incluida la de de desempleo (infracción muy grave)- no se les han impuesto nunca sanciones consistentes en el pago de multas, sino principalmente la extinción de la prestación, naturalmente desde la fecha en que se constata la compatibilización.

Por otro lado, se incrementan las sanciones a la infracción calificada como grave cometida por empresarios y consistente en ocupar a trabajadores sin haber comunicado previamente su alta en el régimen de seguridad social correpondiente. También se incrementan las sanciones a la infracción calificada como muy grave cometida por los empresarios, consistentes en ocupar a perceptores de prestaciones siempre que no hayan comunicado previamente su ingreso en el trabajo.