De acuerdo con la legislación de la UE, las actividades industriales y agrícolas contaminantes requieren una autorización previa. Esta autorización sólo puede concederse si las instalaciones cumplen una serie de requisitos medioambientales. Los Estados miembros tenían de plazo hasta el 30 de octubre de 2007 para tramitar estas autorizaciones, informa Europa Press.
El Tribunal de Justicia de la UE ya condenó a España en noviembre de 2010 por considerar que había incumplido la directiva. La sentencia constataba que una serie de plantas seguían funcionando sin una autorización actualizada.
Según las informaciones más recientes de que dispone la Comisión, un centenar de instalaciones industriales se encuentran todavía en esta situación. El Ejecutivo comunitario "se inquieta por la lentitud de los progresos y exige a España de cumplir completamente la sentencia", según ha dicho en un comunicado.
El ultimátum de Bruselas adopta la forma de un dictamen motivado, segunda fase de un procedimiento de infracción. Si en el plazo de dos meses las autoridades españolas no han corregido los problemas, la Comisión podría llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo. Al haber ya una sentencia previa, Bruselas pedirá que se imponga una multa a España por incumplirla.