Un ejemplo. Conozco a un joven que, en febrero de 2007, pidió un crédito de 90.000€ para comprar una pala excavadora. En junio del mismo año ya no tenía trabajo para la máquina. Desde entonces vive como un esclavo, hace jornadas de 12 horas nocturnas conduciendo un camión, vive con sus padres y los 2000€ que gana al mes los destina a pagar el crédito ¡A que a todos nos da pena! Pregunto ¿Porqué no le devuelve la excavadora al banco y se queda tan tranquilo? Pero conozco casos más dramáticos, como gente que por comprar un camión se ha quedado sin casa, en la ruina más absoluta y debiendo dinero al banco ¿Pero quién decide qué créditos se saldan devolviendo la cosa y cuales no? ¿con qué criterios? ¿dependerá de la pena que nos den? ¿de que sean muchos los afectados? ¿de que? En fin dependeremos de la arbitrariedad del “compravotos” de turno, como siempre.
La persona se distingue de los animales porque tiene una mente que le permite razonar, hacer representaciones de posibles opciones y escoger entre ellas. Cuando el hombre actúa de acuerdo con la opción que él mismo ha escogido realiza su propia voluntad. La voluntad tiene autonomía mientras no está sometida a la voluntad de otra persona. Cuando uno hace la voluntad de otro no tiene autonomía y se puede decir que no tiene voluntad, porque la voluntad tiene que ser autónoma, sino la que actúa es la voluntad de otro. El hombre tiene dignidad porque puede hacer su voluntad con la sola limitación de respetar la voluntad de los demás, que es tan autónoma como la suya. La única ley verdadera es el respeto y todos sabemos en que consiste.
El hombre es el único animal que puede hacer promesas. Cuando el hombre actúa con autonomía de su voluntad puede hacer promesas. Esta es una cualidad exclusiva de los seres racionales. Las promesas no existen en la naturaleza, son una creación pura de la razón y sólo están sometidas a las leyes de la razón. A groso modo, la promesa consiste en obligarse a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Por propia definición, si no existiera la obligación de cumplirlas no serían promesas, ergo las promesas hay que cumplirlas porque sino no serían promesas. Este es un imperativo categórico, por tanto una afirmación “a priori” “apodíctica” que no puede ser demostrada ni refutada por la experiencia.
Las promesas te convierten en esclavo de tus propias palabras y cuando otro te coge la palabra aparece el contrato. Que los contratos se tienen que cumplir, no lo tiene que decir ni la ley, ni la experiencia, es una consecuencia de la razón. De aquí que la expresión de que “los contratos son ley entre las partes” es un principio jurídico de derecho natural que no necesita ser ratificado por ninguna ley. Nuestro Código Civil recoge este principio en el artículo 1091: “Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes, y deben cumplirse al tenor de los mismos”. Y la responsabilidad que deriva del incumplimiento la recoge el artículo 1911: “Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros”. Por tanto estos artículos del código civil se ajustan a derecho, recogen el derecho, publican lo que ya era y será siempre derecho, y lo sería aunque no estuvieran en el Código. Las personas decentes se rigen por estos principios.
Cualquier ley contraria a estos principios será legislación, normas coactivas, violencia institucional, la razón de la fuerza (no la fuerza de la razón), será la falsificación del derecho, usurpación del derecho; aquí y en la China, ahora y siempre, por los siglos de los siglos. La ley solo puede limitarse a publicar el derecho no lo puede crear. Precisamente la dignidad de la persona radica en ser su propio legislador ajustando su comportamiento a máximas universalmente válidas.
Algunos artículos del Código Civil son el resto de civilización que nos queda, en cuanto recogen principios de derecho natural procedentes del Derecho Romano, que ha sido la más grande aportación a la civilización y al progreso. A pesar de lo que hagan los americanos y lo que diga un aparente defensor de la libertad como Jiménez Losantos y un presunto jurista como Mario Conde. El hecho de que los bancos se apropien del dinero de los depositantes, lo multipliquen con el respaldo de los bancos centrales, que les dejan un dinero tan falso como las leyes que imponen su curso forzoso, no implica que tengamos que derogar el poco derecho que nos queda.
marga, a mí no me da pena tu amigo: me parece tonto. ¿por qué no se dedicó a ser camionero desde el principio, y con los ahorros conseguidos haber comprado la dichosa excavadora? En menos de cuatro años se la hubiese comprado al contado. Él tenía opción de subsistencia: el trabajo del camión ¿Si le llega a salir bien lo de la excavadora, y en vez de ganar 2000 ganase 4000 ó 5000 me tendría que dar pena también? Que los españoles son tontos ya lo sabe ZP, por eso le votan ¿Lo dijo él,no? del revés pero lo dijo.