Este atropello, más que un "exceso de celo en la recaudación fiscal", es un auténtico desprecio al Estado de Derecho que supone, además, un agravio para los ciudadanos a los que las Administraciones Públicas les deben más de 400.000 millones de euros.
Guillermo Dupuy
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tinin dijo el día 24 de Julio de 2009 a las 09:02:
Yo no sé cómo decirlo,esa información es errónea: ha sido dictada una resolución de la Dirección General de la AEAT por la que el importe de los embargos telemáticos pasa de 6000 € a 20.000 €.Hasta ahora, para deudores tributarios en fase ejecutiva que adeudasen al fisco hasta 6000 €, la AEAT enviaba órdenes de embargo por procedimientos telemáticos. El procedimiento ordinario es que acuda a la sucursal bancaria un funcionario con una diligencia de embargo firmada por su jefe, pero si se deben menos de 6000 € esa orden se envía de modo telemático, porque los deudores de menos de 6000 € son muchísimos, y llevar las diligencias en papel excedería los recursos de la organización. Lo que se ha aprobado ahora es que ese tope de embargos telemáticos se eleve a 20.000 € de deuda no pagada en perido voluntario de ingreso y, por ende, providenciada de apremio. Pero la Administración tiene reconocida por la Ley, y amparada por la Constitución la ejecutividad de sus actos en aras del bien común- del bien de los políticos, se sobreentiende-, pero para embargar, en general, no precisa de autorización judicial, porque los procedimeintos ejecutivos en materia tributaria son miles y miles y miles..., algunos por 70, 60, 120 €..y si por cada uno de ellos tuviese que intervenir un juez, no habría jueces suficientes en el planeta.
Yo no sé cómo decirlo,esa información es errónea: ha sido dictada una resolución de la Dirección General de la AEAT por la que el importe de los embargos telemáticos pasa de 6000 € a 20.000 €.Hasta ahora, para deudores tributarios en fase ejecutiva que adeudasen al fisco hasta 6000 €, la AEAT enviaba órdenes de embargo por procedimientos telemáticos. El procedimiento ordinario es que acuda a la sucursal bancaria un funcionario con una diligencia de embargo firmada por su jefe, pero si se deben menos de 6000 € esa orden se envía de modo telemático, porque los deudores de menos de 6000 € son muchísimos, y llevar las diligencias en papel excedería los recursos de la organización. Lo que se ha aprobado ahora es que ese tope de embargos telemáticos se eleve a 20.000 € de deuda no pagada en perido voluntario de ingreso y, por ende, providenciada de apremio. Pero la Administración tiene reconocida por la Ley, y amparada por la Constitución la ejecutividad de sus actos en aras del bien común- del bien de los políticos, se sobreentiende-, pero para embargar, en general, no precisa de autorización judicial, porque los procedimeintos ejecutivos en materia tributaria son miles y miles y miles..., algunos por 70, 60, 120 €..y si por cada uno de ellos tuviese que intervenir un juez, no habría jueces suficientes en el planeta.