L D (EFE) Según confirmaron fuentes jurídicas, la decisión de la juez da por buenos los argumentos esgrimidos por la Fiscalía Anticorrupción que apuntaba a que tanto la querella del PP como la del PSOE carecían de los requisitos mínimos que exige la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Las mismas fuentes indicaron que en estas querellas se han constatado defectos de forma, entre los que se encuentran la falta de querellados claros y la inconcreción de los perjuicios que les llevan a solicitar su personación.
En este caso existen más de una treintena de partes personadas, entre inversores perjudicados y entidades como la asociación de consumidores ADICAE, la ONCE y Manos Unidas, entre otras. En el mes de febrero, la juez aceptó la personación, como acusación popular, de la Asociación de Estudios Penales, vinculada al abogado Emilio Rodríguez Menéndez, siempre que prestara una fianza de 60.000 euros (10 millones de pesetas). Por contra, rechazó la personación de organizaciones como la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC), la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE) y el Sindicato Colectivo de Funcionarios Manos Limpias.
En este caso existen más de una treintena de partes personadas, entre inversores perjudicados y entidades como la asociación de consumidores ADICAE, la ONCE y Manos Unidas, entre otras. En el mes de febrero, la juez aceptó la personación, como acusación popular, de la Asociación de Estudios Penales, vinculada al abogado Emilio Rodríguez Menéndez, siempre que prestara una fianza de 60.000 euros (10 millones de pesetas). Por contra, rechazó la personación de organizaciones como la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC), la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE) y el Sindicato Colectivo de Funcionarios Manos Limpias.