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El Supremo anula la prohibición de sobrevolar una urbanización de Barajas

Rechaza prohibir los sobrevuelos y pone en cuestión la reducción del 30% del tráfico aéreo sobre la zona.

Rechaza prohibir los sobrevuelos y pone en cuestión la reducción del 30% del tráfico aéreo sobre la zona.

La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado la prohibición absoluta de sobrevuelos por parte de Aena provenientes de la pista 18R/36L del aeropuerto de Adolfo Suárez Madrid-Barajas que pasan por la urbanización Santo Domingo, en Algete, pero entiende que tampoco vale la reducción de un 30%.

Según una nota del Supremo emitida este miércoles, ya se ha concluido la deliberación sobre este asunto, iniciada el pasado 14 de marzo, de varios recursos de casación interpuestos en el incidente de ejecución de la sentencia relativa a los ruidos ocasionados por la cuarta pista del aeropuerto.

El Supremo ha decidido, tal y como sostenían tanto los afectados como Aena y el Abogado del Estado, que el auto impugnado de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid "no se ajusta a lo dispuesto por la sentencia que se trata de ejecutar". En concreto, tras rechazar que dicha sentencia exija una "prohibición absoluta de sobrevuelo en la zona controvertida", el TS considera que una reducción de los vuelos al 30% –según había establecido el TSJM– "tampoco constituye fiel ejecución de lo ordenado en su día.

El Supremo, que dará a conocer el texto de su resolución en los próximos días, fijará las bases que deberá seguir la Administración para la "exacta ejecución" de la mencionada sentencia. Se trata del tercer pronunciamiento del Supremo sobre esta cuestión, que ya en 2008 falló a favor de los vecinos al considerar acreditado que soportaban altos ruidos por la actividad aérea y se vulneraba su derecho al descanso.

Por otro lado, a finales de 2014 el TSJM consideraba no ejecutada la sentencia del Tribunal Supremo que instaba a Aena al cese del ruido que padecían los vecinos de la urbanización Ciudad de Santo Domingo. Por ello, consideraba que la reducción de operaciones debe ser sobre el 30 por ciento del número total de vuelos reconocidos por Aena. Por otra parte, Aena consideraba en junio de 2016 que el posible cierre o la reducción del 30 por ciento de los sobrevuelos en la pista 18R/DL supondría una "reducción muy importante" de la capacidad operativa del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas y repercutiría sobre la economía y empleo tanto regional como nacional.

Impacto económico

En concreto, la posibilidad de reducir vuelo o incluso el cierre provocaría una disminución acumulada de 70 millones de pasajeros hasta 2030 y la pérdida de empleos sería de 14.000 en la región y 42.000 puestos de trabajo en todo el país. Así lo indicaron a Europa Press fuentes de Aena en relación al contencioso que mantienen vecinos de esta urbanización por el ruido que generan los aviones que sobrevuelan la zona con destino a esta pista.

En este punto, Aena estima que se podría ver mermada la condición de 'hub' del aeródromo –recepción y distribución de vuelos– que se opera bajo alianzas con aerolíneas y que la operativa de vuelos en las conexiones con Latinoamérica –el 25% del total de la operativa de Barajas– también se vería "muy afectada". La reducción de sobrevuelos afectaría también al futuro crecimiento y ampliación del aeródromo, con impacto negativo también en lo referente a las empresas y compañías que trabajan en estas instalaciones. Las mismas fuentes añaden que esta pista estuvo inoperativa entre el 17 de abril y el 16 de mayo de 2015 por obras de regeneración de pavimentos y renovación de balizamiento de la pista y de las calles de rodaje.

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