La Audiencia Nacional ha ordenado el ingreso en prisión para los cinco directivos de Novacaixagalicia (NCG) que fueron condenados en 2015 a dos años de cárcel por el cobro de indemnizaciones millonarias que se concedieron a sí mismos antes de abandonar la entidad y que alcanzaron los 22 millones de euros.
La Sección Tercera de la Sala de Lo Penal ha denegado la suspensión de la condena (confirmada por el Tribunal Supremo el pasado mes de septiembre) y ha valorado la gravedad de los hechos. Se trata de la primera ocasión en la que se ordena prisión para banqueros condenados por la gestión de las cajas de ahorro.
Los cinco exdirectivos, que favorecieron dietas presuntamente irregulares para 19 miembros de la entidad por valor de entre 9.000 y 308.700 euros, evitaron entrar en la cárcel al ser su pena de 24 meses y no tener antecedentes penales. Sin embargo la sala ha tenido en cuenta además que estos no devolvieron el dinero que se fijó en sentencia y que tienen todavía causas pendientes con la Justicia.
Los contratos de alta dirección se modificaron en 2010 en un momento en que se había reclamado 1.162 millones de euros al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) para superar la situación de inviabilidad de las dos cajas que iban a fusionarse (Caixa Nova y Caixa Galicia).
Los condenados son José Luis Pego Alonso, Gregorio Gorriarán Laza y Óscar Rodríguez Estrada --que se prepararon las prejubilaciones millonarias ante la previsión de que la entidad iba a prescindir de sus servicios de forma inminente--, Julio Fernández Gayoso (expresidente de Caixa Nova) y el asesor jurídico Ricardo Pradas Montilla.
Penas Exiguas
La Sala de Lo Penal corrigió su sentencia el pasado mes de octubre e impuso a dos de los exdirectivos condenados José Luis Pego Alonso y Gregorio Gorriarán a que indemnizaran con 10,4 millones de euros a la sucesora de la entidad, modificando las cantidades fijadas en concepto de responsabilidad civil en una primera sentencia que fue anulada por el Tribunal Supremo.
El alto tribunal ordenó recalcular la responsabilidad civil pero confirmó la prisión para los cinco directivos. El Supremo consideró esas penas "exiguas" pero reconoció que no podía incrementarlas porque ninguna parte las cuestionó al alza.
La Sala de Lo Penal del Supremo estableció que los condenados hicieron suyas las cantidades millonarias "a través de un mecanismo que va mucho más allá de la adopción de actos erróneos en el ejercicio de sus facultades de administración"; es decir, que ejecutaron "inequívocos actos apropiatorios con fines de lucro personal".