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El catastrazo oculto de Montoro disparará el IBI en cerca de 2.000 municipios en España

La última actualización en más de 1.700 municipios data del periodo 1984-2000. De ellos, 900 se actualizaron por última vez en 1989 y 1990.

La última actualización en más de 1.700 municipios data del periodo 1984-2000. De ellos, 900 se actualizaron por última vez en 1989 y 1990.
Montoro y Sáenz de Santamaría | EFE

El pasado sábado el Boletín Oficial del Estado publicaba el "Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social". Dentro de este Real Decreto, además de los impuestos anunciados por Cristóbal Montoro en el ámbito de impuestos indirectos y la subida del tipo efectivo en el Impuesto de Sociedades, también se fijaban los coeficientes de actualización de los valores catastrales, medida adoptada el pasado viernes, pero no anunciada por el Gobierno y que supone de facto la subida del IBI para los propietarios en cerca de 2.000 municipios en toda España a partir del próximo 1 de enero, tal y como ya publicó el pasado viernes Libre Mercado.

Al ser esta una medida destinada a modificar el valor catastral de los bienes inmuebles con la intención de adaptarlos al precio de mercado, supone de facto una subida de impuestos indirecta, ya que al subir el valor catastral, sube también el IBI. En algunos casos puntuales y dependiendo de cuándo se produjera la última actualización del valor catastral, de ésta puede resultar una bajada del valor, lo que podría llegar a suponer una bajada del IBI, siempre y cuando el Ayuntamiento decida no subir el importe para no ver disminuida su recaudación. (En cualquier caso, esta medida suele solicitarse por parte de las entidades locales para incrementar su recaudación y no para reducirla).

Del mismo modo, aquellas viviendas, construcciones, locales, etc. cuya última actualización se produjo entre los años 1984 y 2000, sufrirán unas subidas importantes de valor catastral, lo que implicará, previsiblemente, un fuerte incremento del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que devenga el Ayuntamiento. Según las tablas de Hacienda en ese periodo encontramos más de 1.760 municipios. De ellos, 900 se actualizaron por última vez en 1989 y 1990.

Los consistorios son los encargados de recaudar este impuesto y los que solicitan a Hacienda la actualización de valor catastral de su municipio –sujeto a una serie de reglas– para incrementar la recaudación municipal. Por poner un ejemplo, durante la crisis, los ayuntamientos elevaron sus ingresos por IBI un 50% a más de 12.000 millones. Sólo en Madrid entre 2008 y 2014, la recaudación por este impuesto ha crecido por encima de la media, un 74% entre 2008 y 2014 hasta los 1.244 millones de euros.

Según el texto recogido en el BOE publicado el pasado sábado, los coeficientes de actualización del catastro se ajustarán en función del año de la última actualización de acuerdo al siguiente cuadro.

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Coeficientes de actualización del valor catastral

Estos porcentajes afectarán a bienes inmuebles de unos 2.000 municipios en toda España. Si usted quiere consultar si su localidad está entre las afectadas, puede consultar el BOE del pasado 1 de octubre, en el que se aprobó el listado de municipios que han solicitado la actualización y que cumplen los requisitos necesarios. Pinche aquí para consultar el listado.

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Boletín Oficial del Estado donde se recoge el listado de municipios afectados

Como decimos, este impuesto constituye una importante herramienta de los ayuntamientos para financiarse y así se recoge en la anotación de la referencia del Consejo de Ministros en la que se determinó actualizar el coeficiente para los valores catastrales a partir del uno de enero: "La medida resulta necesaria dado que contribuye a reforzar la financiación municipal, la consolidación fiscal y la estabilidad presupuestaria de las entidades locales (…) Ha sido solicitada por 2.452 municipios que cumplen los requisitos de aplicación de la Ley". ¿Y cuáles son esos requisitos?

"a) Que hayan transcurrido al menos cinco años desde la entrada en vigor de los
valores catastrales derivados del anterior procedimiento de valoración colectiva de carácter general. Es decir, la aplicación de coeficientes de actualización para el año 2017 requiere que el año de entrada en vigor de la ponencia de valores de carácter general sea anterior a 2012.

b) Que se pongan de manifiesto diferencias sustanciales entre los valores de
mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales
vigentes, siempre que afecten de modo homogéneo al conjunto de usos, polígonos, áreas o zonas existentes en el municipio.

c) Que la solicitud se comunique a la Dirección General del Catastro antes del 31 de
mayo."

Esta medida contradice directamente el discurso del Gobierno, empeñado desde el viernes en defender que siguen cumpliendo su palabra porque, dicen una y otra vez, no han subido los impuestos ni a los trabajadores, ni a los consumidores, ni a las pymes ni a los autónomos, sino sólo a las grandes empresas. Con este catastrazo, el Ejecutivo abre la puerta a que más de 2.000 ayuntamientos disparen la recaudación vía IBI, lo que afecta directamente al bolsillo de los ciudadanos.

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