¿Eran tarjetas sólo para gastos de representación o formaban parte de la retribución de los directivos? Alrededor de esta pregunta gira buena parte del juicio de las llamadastarjetas black de Bankia. Los acusados aseguran que ellos simplemente hicieron uso de parte de su retribución, según las instrucciones de la entidad. No sólo eso. Los miembros del Consejo de Administración defienden que ellos simplemente continuaron con una práctica que venía desarrollándose desde 1988 y a la que ni la inspección de Hacienda ni el Banco de España pusieron nunca ninguna pega. La pena de Telediario ya la tienen impuesta, pero la otra dependerá en buena parte de si pueden demostrarlo. Y la pasada semana, el juicio dio un vuelco a su favor, cuando el tribunal admitió varios documentos avalados por CajaMadrid que confirman su versión.
Administración desleal y apropiación indebida: estos son los dos delitos de los que se acusa a los más de sesenta exdirectivos de CajaMadrid y Bankia que se sientan estos días en el banquillo por el caso de las tarjetas black. El juez instructor, Fernando Andreu, consideró en su momento que había indicios de administración desleal entre aquellos imputados que desde sus cargos en los Consejos de Administración de Caja Madrid y Bankia aprobaron las tarjetas. También presuntos delitos de apropiación indebida en relación al resto de directivos por hacer uso de las mismas entre 1999 y 2012.
De un lado, un banquillo con 65 exaltos cargos propuestos por PP, PSOE, IU, patronal y sindicatos. Del otro, las acusaciones de la Fiscalía Anticorrupción, el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), Bankia, BFA y UPyD (aunque el partido magenta ha sido sustituido por el sindicato Confederación Intersindical de Cajas (CIC), lo que ha permitido a Andrés Herzog mantenerse dentro del proceso). Para los acusados se solicitan condenas de entre dos y diez años de cárcel.
Desde que a finales del pasado septiembre arrancara la vista oral, se libran una serie de debates que determinarán el futuro procesal del caso. El primero ocupa fundamentalmente a quienes no tuvieron cargo en el Consejo de Administración de las entidades. A estos no se les imputa por administración desleal, puesto que no crearon las tarjetas. Sólo usaron las que les dieron. La acusación en este caso es de apropiación indebida: gastaron de forma inapropiada los fondos que se les pusieron a disposición.
Para estos acusados, la cuestión está en saber si las tarjetas eran gastos de representación o parte de la retribución. Sólo en este último supuesto encajaría el delito, dado que entonces sería imposible justificar la compra de viajes, lencería o disposiciones en cajeros a altas horas de la madrugada. Pero si eran parte de sus emolumentos, podían hacer el uso que quisieran de las mismas. Y eso es precisamente lo que los acusados aseguran que eran las famosas tarjetas.
La clave
Por eso son tan importantes los documentos presentados y admitidos en los últimos días. Y por eso los acusados sienten que inclinarán la balanza a su favor. La Fundación MonteMadrid, es decir, la institución heredera de Caja Madrid que representa los intereses de la hipotética perjudicada (aunque no está personada en el juicio), validó el pasado 24 de noviembre ante el Tribunal los archivos que tumban la versión de Jaime Terceiro, el presidente de Caja Madrid hasta la llegada de Miguel Blesa.
En su declaración, el expresidente aseguró que las tarjetas –aprobadas por primera vez durante su mandato– cubrían sólo los gastos de representación. Según esta versión, las tarjetas eran totalmente legales y sólo tras su marcha se oscurecieron para cubrir otro tipo de gastos que nada tenían que ver con su finalidad original.
El problema es que los informes que ha admitido la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dejan en entredicho algunas de estas afirmaciones. Por ejemplo, en los documentos se incluyen mensajes en los que se dan instrucciones a los exdirectivos sobre el límite de gastos de las black y el pin de las mismas. También es relevante la pericial del catedrático Ramón Falcón, que concluye que este tipo de gastos "no estaban sujetos a justificación y por tanto las tarjetas son de libre disposición". El experto asegura, después de un análisis integral de las cuentas y actas de la entidad, que las tarjetas fueron un incentivo perteneciente a la remuneración de los ahora acusados.
En este sentido, obra en manos de los magistrados el acta de la Comisión Ejecutiva de Caja Madrid del 8 de enero de 1996, que califica los gastos de las tarjetas de crédito como remuneración dineraria. Igualmente, el Tribunal maneja otro acta del Consejo de Administración de Caja Madrid del 24 de mayo de 1988, presidido entonces por Terceiro, en el que se afirma que, debido a la "baja retribución" que en esos momentos recibían los consejeros en comparación con el resto de bancos, se aprueba la concesión de tarjetas para compensar sus "esfuerzos y dedicación a la entidad, cubriendo al menos los costes en que se incurre por el ejercicio de su función", más allá de las dietas. En ese "al menos" radica la clave para entender de qué estamos hablando. Además, si las tarjetas eran sólo para gastos de representación, por qué hablar de si la retribución era baja o no lo era... o por qué entrar en la comparación con las remuneraciones de los bancos.
El futuro
Estos dictámenes dejan en estado crítico la acusación de apropiación indebida, la que atañe a los directivos que no tuvieron participación en la creación de las tarjetas y sólo las usaron. Eso sí, en lo que hace referencia a Miguel Blesa, Rodrigo Rato y a los miembros de sus Consejos de Administración la cosa no es tan sencilla. En su caso, se les acusa de haber aprobado este uso indebido de las tarjetas y por eso se enfrentan a una acusación de presunta administración desleal por fijar salarios superiores a los establecidos legalmente y contabilizar los gastos de las tarjetas de manera inadecuada.
En cualquier caso, también para estos últimos la situación ha mejorado mucho. Su versión es que ellos no crearon las tarjetas ni idearon este esquema de retribuciones, sino que sólo mantuvieron el sistema que llevaba años operando antes de que ellos llegasen a Caja Madrid. Y eso es precisamente lo que algunos de estos acusados y sus defensas están convencidos de que demuestran los documentos aportados.
Anticorrupción solicita seis años de prisión para Blesa y cuatro años y seis meses para Rato. Mientras, para el resto de los acusados las penas reclamadas oscilan entre uno y cuatro años dependiendo de si se han devuelto o no las cantidades gastadas. El juicio regresa el 5 de diciembre con más informes de las partes, incluida la Fiscalía, que podrá modificar algunas de las peticiones de prisión o las conductas que atribuye.